STSJ Murcia 315/2001, 30 de Abril de 2001

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2001:1147
Número de Recurso227/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución315/2001
Fecha de Resolución30 de Abril de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº315/01

En Murcia a treinta de abril de dos mil uno.

En el recurso contencioso administrativo nº 227/98 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (comprobación de valores).

Parte demandante: Doña Gema representada por la Procuradora Doña Fuensanta Martínez-Abarca Artiz y dirigida por el Abogado Don Mariano Martínez Valverde.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Parte codemandada Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y dirigida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 29 de septiembre de 1997 que desestimaba la reclamación nº 30/1748/96 planteada contra Resolución estimatoria parcial del recurso de reposición interpuesto contra liquidación complementaria de la que resultaba una deuda tributaria adicional a ingresar de 113.504 ptas.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que anulando dicho acto administrativo por no estar ajustado a Derecho, se deje sin efecto el mismo, declarando que procede declarar la nulidad de la liquidación complementaria fijada por error de hecho padecido en la valoración efectuada por el Técnico de la Administración, con los pronunciamientos inherentes a dicha declaración de nulidad, con todo lo demás que sea procedente en Derecho.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 3 de febrero de 1998 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 20 de abril de 2001.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La actora adquirió una vivienda sita en la C/ DIRECCION000 en NUM000 planta alta mediante escritura pública otorgada el 4 de febrero de 1991, presentando autoliquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales el 15 02 91, sobre un valor declarado de 3.845.000 ptas y total a ingresar de 230.700 ptas. No conforme con ello, la Administración tributaria inicia expediente de comprobación de valores, notificando a la actora una tasación de 5.017.260 ptas así como liquidación complementaria de la que resultaba una deuda tributaria adicional a ingresar de 113.504 ptas. La actora interpone recurso...

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