STSJ Andalucía , 25 de Febrero de 2002

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TSJAND:2002:3170
Número de Recurso124/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Febrero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

SECCIÓN SEGUNDA RECURSO 124/1997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 217 DE 2.002 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:

Don José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados Don Federico Lázaro Guil Don Rafael Toledano Cantero

En la ciudad de Granada, a veinticinco de febrero de dos mil dos. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 124/1997, seguido a instancia de DON Gonzalo , que comparece representado por la Procuradora doña Ana Roncero Siles y asistido de Letrado, siendo parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 516.318 ptas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 16 de enero de 1997, contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada, de fecha 25 de septiembre de 1996, expediente 23/961/95, por la que se declara inadmisible la reclamación económico administrativa interpuesta por don Gonzalo contra la resolución de 6 de abril de 1995 dictada por la Delegación Provincial de Jaén, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, de fecha 6 de abril de 1995, expediente 8/95, por la que se desestimó el recurso de reposición interpuesto por el interesado contra la providencia de apremio dictada en la certificación de descubierto número 96, expedida el día 21 de noviembre de 1992 por la liquidación tributaria TL-1141/92, concepto Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, por importe de 516.318 ptas incluido recargo de apremio. Admitido a trámite el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.

SEGUNDO

En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por solicitar se dictase sentencia estimando el recurso y declarando la nulidad de la resolución recurrida y de la tramitación realizada a partir de la resolución del recurso de reposición a fin de que se notifique en debida forma a los contribuyentes la liquidación con la valoración certificada a los efectos legales inherentes.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dictase sentencia desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada.

CUARTO

Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.

QUIN...

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