STSJ Castilla y León , 6 de Abril de 2001
Ponente | SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA |
ECLI | ES:TSJCL:2001:2002 |
Número de Recurso | 496/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
JURÍDICOS DOCUMENTADOS. Estimación del recurso y anulación de las resoluciones impugnadas por haberse anulado por el Tribunal Económico Administrativo Central la misma comprobación de valores, practicada en ese supuesto en la modalidad de "transmisiones patrimoniales onerosas".
SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a seis de Abril de dos mil uno. En el recurso número 496/1999, interpuesto por Doña Bárbara , representado por el Procurador Doña Elena Cobo de Guzman y defendido por el Letrado D. tomas David Sanz Calvo, contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, Sala de Burgos, desestimando reclamación 42/2/1996 sobre Impuesto de Transmisiones, habiendo comparecido, como parte demandada la Junta de Castilla y León, representada y defendida el Letrado en virtud de representación que por ley ostenta.
Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el día 8 de julio de 1999. Admitido a trámite se dio al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 23 de septiembre de 1999 , que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que: "estimando el presente recurso se dejen sin efecto las retribuciones recurridas, señalando como valor para fijar el Impuesto el declarado en su día por el compareciente, con expresa imposición de costas a la Administración demandada, si se opusiere a la presente demanda".
Se confirió traslado de la demanda por término legal a la parte demandada, quien contestó a medio de escrito de 17 de noviembre de 1999, oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.
Recibido el juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones, que obran unidos al recurso y señalándose el día cinco de abril de 2001, para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.
Se impugna en este recurso jurisdiccional la...
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