STSJ Cataluña , 30 de Noviembre de 2000

PonenteCONCEPCION ALDAMA BAQUEDANO
ECLIES:TSJCAT:2000:15348
Número de Recurso98/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION CUARTA Rollo de Apelación N° 98/2000 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 12 de Barcelona Recurso n° 49/99 Partes: Apelante Alvaro Apelada Departament de Justicia de la Generalitat Sentencia Apelada: n° 17 de 26-4-2000.

S E N T E N C I A N° 99/2000 Iltmos. Sres.

PRESIDENTE D. EDUARDO BARRACHINA JUAN MAGISTRADOS Dña. MARÍA LUISA PÉREZ BORRAT Dña. CONCEPCION ALDAMA BAQUEDANO En la Ciudad de Barcelona, a 30 de Noviembre del año dos mil. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida para el examen del presente recurso contencioso- administrativo, ha visto y examinado el presente recurso de apelación, que figura con n° de rollo 98/2000, procedente del Juzgado de lo Contencioso n° 12 de Barcelona , en el que han sido partes como apelante, Alvaro , representado y defendido por el Letrado D. Sericio Antón Mencía, y como Administración demandada y parte apelada EL DEPARTAMENT DE JUSTICIA DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA, representado y asistido por el Letrado de la Generalitat en la defensa de sus intereses en este recurso, planteado respecto a la procedencia y acomodación a derecho de la Sentencia recurrida de 26 de Abril de 2000 , por la que se confirma la Resolución de 21 de Mayo de 1999 dictada por el Jefe de Servicio de Personal y de Régimen Interior del Departament de Justicia de la Generalitat, en la que se desestima la pretensión del recurrente de que le sea expedido el certificado acreditativo de haber superado la prueba de nivel C en conocimiento de lengua catalana de la Junta Permanente de Catalán, al haber obtenido la calificación de "apto" en la prueba de idioma catalán efectuada ante la Junta de Méritos y Capacidades, para cumplir el requisito de participación en el concurso específico convocado para la provisión de varios puestos de mando de los Centros Penitenciarios de Catalunya, dado que no acreditó previamente dichos conocimientos de acuerdo con la base 3.3 de la convocatoria.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el recurso contencioso-administrativo n° 49/99 interpuesto por D. Alvaro ante el Juzgado de lo Contencioso n° 12 de Barcelona, el actor solicitó la estimación de su recurso planteado frente a la desestimación de su petición de que le fueran reconocidos mediante la certificación solicitada de la Junta Permanente de Catalán los conocimientos correspondientes al nivel C de lengua catalana, en base a la superación de dicho nivel en la prueba equivalente efectuada ante la Junta de Méritos y Capacidades con motivo de su participación en el concurso especifico convocado para la provisión de varios puestos de mando de los Centros Penitenciarios de la Generalitat, para el que era requisito previo de participación la acreditación de dicho nivel o la superación de la prueba de conocimientos equivalente, habiendo obtenido en ella la calificación de "apto".

Por su parte el Letrado de la Generalitat, en representación y defensa del Departament de Justicia, interesó la desestimación del recurso interpuesto contra la Resolución de 21 de Mayo de 1999, por entender que lo acordado en ella se ajusta rigurosamente a lo establecido para la obtención del título oficial de conocimientos de lengua catalana, válido a todos los efectos y para todas las convocatorias de acceso a la función pública y concursos de méritos...

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