STSJ Canarias , 19 de Febrero de 2001
Ponente | ANTONIO GIRALDA BRITO |
ECLI | ES:TSJICAN:2001:679 |
Número de Recurso | 841/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 19 de Febrero de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.
SANTA CRUZ DE TENERIFE.
S E N T E N C I A Nº 188.
RECURSO Nº 841/98.
ILMOS.SRES.
PRESIDENTE:
D.Antonio Giralda Brito.
MAGISTRADOS:
D.Angel Acevedo y Campos.
Dna. Ana Teresa Afonso Barrera.
En Santa Cruz de Tenerife, a diecinueve de Febrero de dos mil uno. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.
Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 841/98, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia del demandante <
La Dirección Territorial de Industria y Energía dictó resolución en relación con la instalación y titularidad de infraestructura eléctrica; contra ella el recurrente interpuso Recurso Ordinario que fue desestimado.
Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que se declare la nulidad de la resolución recurrida, con reconocimiento expreso del derecho de propiedad de mi principal sobre la línea de baja tensión y sus instalaciones sita en Boca Tauce, Carretera las Cañadas, del término municipal de Guía de Isora, y ello con expresa imposición de costas.
La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, por la que se desestime el recurso, por ajustarse a Derecho los actos impugnados y condenando a la parte actora a estar y pasar por tal declaración y al pago de las costas.
La parte codemandada contestó a la demanda y suplicó una sentencia, por la que, en aplicación de los fundamentos de Derecho consignados, se declare ajustada a Derecho la resolución de la Administración demandada, y asimismo se impongan las costas del proceso a la entidad recurrente.
Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.
Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.
Aparecen observadas las formalidades de tramitación.
Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.
Se interpone el presente recurso contra la resolución de la Dirección General de Industria y Energía de 27 de Noviembre de 1997, relacionada con la propiedad y extensión de una red eléctrica emplazada en Boca Tauce (Carretera de Las Cañadas) en el término municipal de Guía de Isora. La parte recurrente interpuso Recurso Ordinario contra aquella resolución que igualmente fue desestimado. La pretensión sustancial de la parte recurrente se basa en que la administración debe reconocerle el derecho de propiedad sobre el tendido eléctrico instalado para dar luz a un...
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