STSJ Cataluña , 13 de Septiembre de 2001

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2001:10642
Número de Recurso446/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n°. 446/1998 Partes: Delegación del Gobierno en Cataluña C/ Diputación de Lleida SENTENCIA N°.890 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a trece de septiembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para el examen de este caso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°. 446/1998, interpuesto por Delegación del Gobierno en Cataluña, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, contra la Diputación de Lleida, representada por la Procuradora de los Tribunales Doña Alicia Barbany Cairó y asistida por el Letrado Don Basilio Gómez Monzón. Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte recurrente, mediante su representación procesal, interpuso recurso contencioso administrativo contra Acuerdo del Pleno de la Diputación de Lleida de 17 de octubre de 1997, por el que se aprueba la Ordenanza número 1, que establece el régimen jurídico de las tasas por inserciones en el B.O.P. de Lleida.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presente autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de 8 de enero de 2001 el recibimiento del precedente pleito a prueba y tras los oportunos trámites que prescribe la Ley Jurisdiccional en sus respectivos artículos, en concordancia con los de la L.E.C., se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día 12 de septiembre de 2001, a la hora señalada.

CUARTO

En la substanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la DELEGACION DEL GOBIERNO EN CATALUÑA, el Acuerdo del Pleno de la DIPUTACIÓN DE LLEIDA de 17 de octubre de 1997 por el que se aprobó la Ordenanza núm. 1 que establece el régimen jurídico de las tasas por inserciones en el Boletín Oficial de la Provincia de Lleida.

SEGUNDO

Antes de entrar en el examen de la cuestión de fondo suscitada en el presente recurso contencioso-administrativo se impone pronunciarse sobre la causa de inadmisibilidad del mismo planteada por el demandado. La representación de la Diputación de Lleida señala que ésta envió al Subdelegado del Gobierno en Lleida un extracto de los acuerdos adoptados por el Pleno de la Corporación Provincial en sesión de 17 de octubre de 1997 - registro de salida de 23 de...

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