STSJ Aragón , 7 de Noviembre de 2000

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2000:2561
Número de Recurso786/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 786/1999 Sentencia número: 1075/2000 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMUDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a siete de noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 786 de 1999 (Autos núm. 313/1999), interpuesto por la parte demandante D.G.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 22 de junio de 1999, siendo demandados ENCLAMA S.L., IBERCAJA y otros, sobre cesión ilegal de trabajadores. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D.G.A., contra ENCLAMA S.L., IBERCAJA y otros, sobre cesión ilegal de trabajadores; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 1 de Zaragoza, de fecha 22 de junio de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que debo declarar y declaro la inexistencia de cesión ilegal de mano de obra y por ello la inexistencia de vulneración alguna de la norma del artículo 43 del vigente TRET en la conducta de las empresas codemandadas Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja, IBERCAJA, y Enclama S.L.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"

  1. En virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Zaragoza, D. José Gómez Pascual, en 22.7.1998, bajo el número 2.258 de su protocolo, se constituyo la mercantil Ser-Dopar S.L., cuyo objeto social consiste en la tenencia y administración de acciones y participaciones de toda clase de sociedades, gestión, control y administración de sociedades y en concreto de las participadas, y su capital social es de 200.000.000 de pesetas.

  2. Dicha sociedad es propietaria del 100 por 100 del capital social de Dopar Servicios S.L., Transportes Dopar S.A. y Enclama S.L., y del 48 por ciento del capital social de Urbandisa S.A. c) En virtud de escritura pública otorgada ante el Notario de Zaragoza, D. Javier Deán Rubio, en 5.7.1994, bajo el número 2.784 de su protocolo, se constituyo la mercantil Enclama S.L. cuyo objeto social consiste en el ensobrado, clasificación y manipulados de documentaciones y correspondencia, siendo su capital social de 500.000 pesetas.

  3. El grupo de empresas controlado por Ser-Dopar S.L. ocupaba en abril de 1999 a más de 100 trabajadores.

  4. En 31.10.1997, con validez hasta 31.10.1998, prorrogable, se celebró contrato de arrendamiento de servicios entre la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Zaragoza, Aragón y Rioja, IBERCAJA, y Enclama S .L., cuya copia obra en autos, dándose en este lugar por íntegramente reproducida.

  5. Como consecuencia de la entrada en vigor de tal contrato los trabajadores de Ibercaja. que desempeñaban las labores de impresión, ensobrado, recepción, clasificación y reparto de corre pondencia en el edificio central de Ibercaja, corte y encuadernado de listados, clasificación y tratamiento de listados, administración y reprografía, en total 11 personas fueron destinados a otros puestos de trabajo de Ibercaja, conforme consta en Acta de Inspección de trabajo, obrante en autos, y origen inicial de este proceso.

  6. Enclama S.L. emplea en tales labores a 13 trabajadores de los cuales sólo con dos tiene contrato por tiempo indefinido, siendo el resto temporales, bien eventuales, tres de ellos, bien por obra o servicio determinado, el resto.

  7. Las labores descritas en el contrato de asiendo de servicios reproducido se realizan en las instalaciones del edificio central de Ibercaja, en cuarto específico y determinado al que no tiene acceso el personal de Ibercaja, excepto el DIRECCION000 de Correspondencia, por el personal de Enclama S.L. quien utiliza la maquinaria descrita, también, en el contrato de arrendamiento de servicios, que es propiedad de Ibercaja quien corre con los gastos de mantenimiento y consumo, tanto de la maquinaria como del local.

  8. El...

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