STSJ Asturias , 13 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2002:4073
Número de Recurso3379/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL ROLLO N° RSU 3379/2001 TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION MATERIA: ORDINARIO.

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de, OVIEDO Autos de Origen: DEMANDA 479/2001 RECURRENTE/S: Ignacio , Jesús Manuel Inocencio , Juan Carlos , Iván , Juan Alberto , José , Alfredo , Raúl , Bernardo RECURRIDO/S: ANTRACITAS DE TINEO, SA., SERVICIOS TÉCNICOS MINEROS, SL. SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO a trece de Septiembre de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Ilmos. Sres. D. TOMAS MAILLO FERNÁNDEZ, D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ, D. IGNACIO VIDAU ARGÜELLES, Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA n° 2.540/2002 En el recurso de suplicación interpuesto por Ignacio , Jesús Manuel , Inocencio , Juan Carlos , Iván , Juan Alberto , José , Alfredo , Raúl , Bernardo contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de OVIEDO de fecha treinta y uno de julio de dos mil uno, dictada en proceso sobre fijeza laboral, y entablado por Ignacio , Jesús Manuel , Inocencio , Juan Carlos , Iván , Juan Alberto , José , Alfredo , Raúl , Bernardo frente a ANTRACITAS DE TINEO, SA. Y SERVICIOS TECNICOS MINEROS, SL., ha sido ponente el Iltmo.

Sr. D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha treinta y uno de julio de dos mil uno por la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

1°.- Los demandantes, cuyos nombres y demás circunstancias personales obran en autos, prestan sus servicios por cuenta y orden de la entidad Servicios Técnicos Mineros, S.L. (SETEMIN), en el centro de trabajo Mina La Rasa de la empresa codemandada Antracitas de Tineo, SA., en virtud de contratos de duración determinada celebrado al amparo del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores, por obra o servicio determinado, con las siguientes:

Ant. Categoría salario mensual Jesús Manuel . 01-09-96 encargado 279.000 Iván . 07-10-96 oficial 2ª 240.000 Inocencio . 21-01-97 oficial 2ª 237.000 Juan Alberto 01-02-98 oficial 2ª 240.000 Juan Carlos 01-08-98 peón 225.000 José . 17-09-98 oficial 1ª 264.000 Bernardo 01-12-98 peón exterior 171.000 Alfredo 01-05-99 peón 225.000 Raúl 27-10-99 oficial 2ª 174.000 Ignacio 24-01-00 oficial 1ª 252.000 2°.- Los contratos suscritos por los trabajadores con la empresa SETEMIN tenían como objeto:

Jesús Manuel ........ Conservación de galerías-vías Mina La Rasa Antracitas T. Iván ......... Servicios y conservación Mina La Rasa-Antracitas de Tineo.

Inocencio ....... Servicios y conservación Mina La Rasa-Antracitas de Tineo.

Juan Alberto ...... Serv. preparación y estajas en Mina La Rasa.

Juan Carlos ......... Serv. preparación y estajas en Mina La Rasa.

José ........ Serv. preparación y conservación en Mina La Rasa- Antracitas T. Bernardo ... Servicios generales en exterior Antracitas Tineo.

Alfredo .... Serv praparación, conservación y arranque en Mina La Rasa- Antracitas Tineo.

Raúl ..... Avance de pozos en macizo 14& planta sur Mina La Rasa.

Ignacio .... Avance de pozos en macizo 13& planta norte-sur Antracitas T. 3º.- Considerando que debían ser considerados personal laboral fijo por tiempo indefinido e integrados en la plantilla de la empresa Antracitas de Tineo, SA., los actores intentaron la conciliación previa, que se celebró el 22 de mayo de 2001 con el resultado de sin avenencia.

4°.- Interpusieron demanda ante los Tribunales el 12 de junio de 2001.

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la sentencia de instancia que desestimo su pretensión tendente a que se declare que son trabajadores fijos de la plantilla de la empresa demandada, recurre su representación letrada articulando al efecto un primer motivo de suplicación en el que con amparo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR