STSJ Andalucía , 20 de Enero de 2004

PonenteLUIS HERNANDEZ RUIZ
ECLIES:TSJAND:2004:427
Número de Recurso2413/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

M.R.O. SECCIÓN SEGUNDA SENT. NÚM. 233/2004 ILTMO. SR. D. LUIS FELIPE VINUESA ILTMO. SR. D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ ILTMO. SR. D. JULIO ENRÍQUEZ BRONCANO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a veinte de Enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 2.413/03, interpuesto por SERVICIO ANDALUZ DE SALUD contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Cinco de los de Granada en fecha 23 de Abril de 2.003 en Autos núm. 306/02, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS HERNÁNDEZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Dª. Beatriz en reclamación sobre nulidad de desplazamiento contra SERVICIO ANDALUZ DE SALUD y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 23 de Abril de 2.003, por la que estimando la demanda formulada por la actora, declaraba la improcedencia de la medida adoptada el pasado día 2 de noviembre de 2.001 por el S.A.S., por el cual la actora tenía que acudir los viernes que le correspondía a pasar consulta de Dermatología a la localidad de Alcalá La Real (Jaén), condenando a dicho Organismo a estar y pasar por ello, sin que proceda efectuar condena en costas por temeridad y sin que proceda levantar la medida cautelar.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - Dª. Beatriz , con D.N.I. nº NUM000 , vecina de Granada, es titular de una plaza de Facultativa Especialista en el Área de Dermatología en el centro médico quirúrgico de la Ciudad Sanitaria "Virgen de las Nieves", que pertenece a la demarcación territorial o Área de Salud de la Provincia de Granada. El Distrito de Atención Primaria de Salud, es la demarcación geográfica para la gestión y prestación de los servicios sanitarios de Atención Primaria y se compone de Zonas Básicas de Salud, y las áreas hospitalarias están conformadas, al menos por un Hospital con los Centros Periféricos de Especialidades adscrito al mismo, que atienden a la población de uno o varios servicios Distritos de Atención Primaria.

  2. - Del Hospital Universitario "Virgen de las Nieves" dependen los siguientes Centros de Salud: El Pabellón General Virgen de las Nieves, el Pabellón de Rehabilitación y Traumatología, el Pabellón Materno-Infantil, el Centro Licinio de la Fuente, el Hospital Provincial San Juan de Dios, el Centro Periférico de Especialidades de Cartuja, la Unidad de Rehabilitación de Salud Mental y el Centro Periférico de Hemodiálisis de Guadix.

  3. - El Centro Periférico de Especialidades de Alcalá La Real (Jaén), atiende a la Zona Básica de Salud de Alcalá La Real, que depende del Complejo Hospitalario de Jaén. Obra en las actuaciones (folios 37 a 80) el Acuerdo de Colaboración entre el Distrito de Sanitario de Alcalá- Martos y el Hospital Universitario "Virgen...

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