STSJ Murcia , 14 de Marzo de 2001

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2001:681
Número de Recurso138/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

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RECURSO nº. 138/98 SENTENCIA nº. 142/01 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 142/01 En Murcia a catorce de marzo de dos mil uno. En el recurso contencioso administrativo nº. 138/98, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 668.849 ptas., y referido a: cesión de aprovechamiento urbanístico acordado al aprobar proyecto de reparcelación.

Parte demandante:

VIVIENDAS Y CONSTRUCCIONES PROTEGIDAS, S.A. (VYCOPRO, S.A.), representada por el Procurador D. José Antonio Luna Moreno y dirigida por el Abogado D. José Celdrán González.

Parte demandada:

AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA, representado por el Procurador D. Juan Tomás Muñoz Sánchez y defendido por el Abogado D. Andrés Cegarra Páez.

Acto administrativo impugnado:

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cartagena de 28 de noviembre de 1997 que aprueba el proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación nº. 5.1 de Mirando en lo relativo a la fijación del 10/100 de cesión del aprovechamiento urbanístico e indemnización sustitutoria acordada.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que estimando el recurso anule y deje sin efecto alguno todo acuerdo sobre cesión de aprovechamiento o indemnización económica sustitutoria, ordenando reintegrar al recurrente las cantidades abonadas por este concepto o, en su caso, acordar promover cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 20-1-98, y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 2-3-01.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Dirige la actora el presente recurso contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Cartagena de 28 de noviembre de 1997 que aprueba el proyecto de reparcelación de la Unidad de Actuación nº. 5.1 de Mirando en lo relativo a la fijación del 10/100 de cesión del aprovechamiento urbanístico e indemnización sustitutoria acordada de 668.849 ptas. (abonada por la actora), con la pretensión de que se declare la nulidad del mismo teniendo en cuenta que la norma de carácter básico que ha servido de cobertura para exigir la cesión del aprovechamiento urbanístico del 10/100 (art. 2.2 de la Ley 7/97, de 14 de abril, de Medidas liberalizadoras en materia de suelo) y la indemnización sustitutoria referida, debe entenderse inconstitucional, en la medida que la anterior, art. 27. 1 del Texto Refundido de la Ley del Suelo 1/1992, de 26 de junio, que cifraba la cesión del aprovechamiento urbanístico tipo en el 15/100, de la que era una mera reproducción, había sido declarada inconstitucional por la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/97, de 20 de marzo. Subsidiariamente solicita de la Sala que plantee una...

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