STSJ Galicia , 10 de Noviembre de 2001
Ponente | JUAN LUIS MARTINEZ LOPEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2001:8257 |
Número de Recurso | 2014/1998 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 10 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Social |
D. Juan Luis Guisasola Bustillo, Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
C E R T I F I C O: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención se ha dictado por esta Sala la siguiente resolución:
Recurso n° 2014-98 (LL)
ILMO. SR. D. MIGUEL A. FERNANDEZ OTERO PRESIDENTE ILMO. SR. D. JUAN LUIS MARTINEZ LÓPEZ ILMA. Sª. Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR A Coruña, a diez de Noviembre de dos mil Uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los señores magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación n° 2014-98 interpuesto por Don Esteban , Don Jose María , Don Braulio , don Romeo , Don Aurelio , Don Raúl y Doña Carla contra la sentencia del Juzgado de lo Social Núm. 2 de Ourense siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS MARTINEZ LÓPEZ.
Que según consta en autos n° 544-97 se presentó demanda por Don Esteban y otros en reclamación de SALARIOS siendo demandado el Empresas: Ignacio de las Cuevas, S.A., Cuevas y Cia. S.A., Cuevas S.A Isaac Verin S.L., Cuevas S L., Cuevas Cash, y FOGASA, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha 4 de Febrero de 1998 por el Juzgado de referencia que estimó parcialmente la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"PRIMERO.- Los actores, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, prestaron servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada "Isaac Verin S.L.", encuadrada en el sector de comercio de alimentación con las siguientes antigüedades, categorías y salarios mensuales incluido el prorrateo de las pagas extraordinarias: Esteban , desde el 3.3.386 categoría de administrativo y salario de 140.010 pesetas.- Jose María desde el 21.6.95, categoría de chofer de primera y salario de 104.139 pesetas.- Braulio , desde el 4.6.90 categoría de chofer de 28 y salario de 103.982 pesetas.- Aurelio desde 4.5.89, categoría de viajante y salario de 110.863 pesetas.- Raúl , desde el 9.2.90, categoría de viajante y salario de 136.636 pesetas.- Carla desde el 1.8.96, categoría de Auxiliar ad. Y salario de 100.889 pesetas.- SEGUNDO.- Por Resolución de la delegación provincial de la consellería de Xustiza, interior e Relacions Laborais de 10.7.97 recaída en el expediente de regulación de empleo n° 12/97 se concedió autorización a la empresa "Isaac Verin S.L." para proceder a la extinción de la relación laboral de los actores, excluyendo del expediente a D. Braulio . La extinción de la relación laboral se extinguió el 11.7.97. la relación laboral de D. Braulio se extinguió el 24.6.97 fecha en que cesó voluntariamente.- TERCERO.- A los actores no se les han abonado los siguientes conceptos salariales:
Esteban .
Enero de 1997: 113.064 pesetas Febrero de 1997: 113.064 pesetas Marzo de 1997: 113.064 pesetas Abril de 1997: 113.064 pesetas Mayo de 1997: 113.064 pesetas Junio de 1997: 113.064 pesetas Julio 1997 (11 días) 41.457 pesetas Pp. extra beneficios 96 107.787 pesetas pp extra junio 97: 107-787 pesetas pp extra dicbr-97: 6.587 pesetas Total: 999.189 pesetas.
Jose María :
Enero 97: 88.700 pesetas Febrero 97: 88.700 pesetas.
Marzo 97: 88.700 pesetas.
Abril 97: 88.700 pesetas Mayo 97: 88.700 pesetas.
Junio 97: 88.700 pesetas.
Julio 97 (11 días): 32.523 pesetas p.p. extra benf. 96: 83.423 pesetas p.p. extra junio 97: 83.423 pesetas p.p. exra dicb. 97: 5.098 pesetas p.p.- extra benf-97: 44.260 pesetas.
TOTAL: 780.927 pesetas Braulio :
Enero 97: 88.563 pesetas Febrero 97: 88.563 pesetas Marzo 97: 88.563 pesetas Abril 97: 88.563 pesetas Mayo 97: 88.563 pesetas Junio 97 (23 días): 67.898 pesetas p.p. extra benf. Año 96: 83.286 pesetas p.p. extra junio 97: 80.047 pesetas p.p. extra benfic. 97: 40.023 pesetas Total 714.069 pesetas.
Aurelio :
Enero 07: 92.871 pesetas Febrero 97: 92.871 pesetas Marzo 97: 92.871 pesetas Abril 97: 92.871 pesetas Mayo 97: 97.042 pesetas Junio 97: 97.042 pesetas Julio 97 (11 días) 35.582 pesetas p.p. extra ben. 96: 87.594 pesetas p.p. extra jun. 97: 91.765 pesetas p.p. extra dicbre. 97: 5.608 pesetas p.p. extra benf. 97: 48.868 pesetas Total 834.985 pesetas.
Raúl :
Enero 97: 110.365 pesetas Febrero 97: 110.365 pesetas Marzo 97: 110.365 pesetas Abril 97: 110.365 pesetas
Mayo 97: 110.365 pesetas Junio 97: 110.365 pesetas Julio 97 (11 días): 40.467 pesetas p.p. extra bene. 96: 105.088 pesetas p.p. extra junio 97: 110.365 pesetas p.p. extra dicb. 97: 6.422 pesetas p.p.-extra bene. Año 97: 55.755 pesetas Total: 980.287 pesetas Carla :
Mes abril 97: 84.597 pesetas Mes mayo 97: 84.597 pesetas Mes junio 97: 84.597 pesetas Mes junio 97 (11 días): 31.019 pesetas p.p. extra benf.año 96: 32.249 pesetas p.p. extra junio 97: 84.597 pesetas p.p. extra benef. Año 97: 42.084 pesetas p.p extra dicb. 97: 4.847 pesetas TOTAL 451.587 pesetas CUARTO.- en Mayo de 1997 la empresa codemandada "Ignacio de las Cuevas S.A." arrendó una nave sita en la carretera de Castilla Km 165 de Verin, la cual acondicionó con el mobiliario e instalaciones precisas arrendado a Funatur S.A. y denominación comercial de "Cuevas Cash" dedicada a comercio de alimentación.- QUINTO. Figuran incorporadas a autos las escrituras de constitución y estatutos sociales de las codemandadas "Cuevas y Compañía S.A." y "Ignacio de las cuevas S.A." cuyo contenido se tiene aquí por reproducido.- SEXTO. Se tuvo por intentada sin efecto la conciliación ante el S.M.A.C."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente: "Fallo:
Que...
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