STSJ Cataluña 8767/2001, 13 de Noviembre de 2001

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2001:13978
Número de Recurso4503/2001
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución8767/2001
Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

D. JOSÉ QUETCUTI MIGUELD. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYAD. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ

Rollo núm. 4503/2001

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

DE CATALUNYA

SALA SOCIAL

cech

ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL

ILMO. SR. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA

ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ

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En Barcelona a 13 de noviembre de 2001

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 8767/2001

En el recurso de suplicación interpuesto por Suministros DIRECCION001 . frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº 28 de Barcelona de fecha 23 de febrero de 2001 dictada en el procedimiento nº 707/2000 y siendo recurridos SUMINISTROS DIRECCION000 . y Dª Marta . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. IGNACIO MARÍA PALOS PEñARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 31 de julio de 2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 23 de febrero de 2001 que contenía el siguiente Fallo:

"Estimando la excepción de prescripción alegada por el Fondo de Garantía Salarial respecto de todas las cantidades, a excepción de la indemnización por extinción de contrato, y estimando la demanda formulada por Dª Marta contra las empresas SUMINISTROS DIRECCION000 y SUMINISTROS DIRECCION001 , debo condenar y condeno a ambas de forma conjunta y solidaria a abonar a la actora la cantidadde 2.113.454 pesetas, más el 10% de mora y sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder al Fondo de Garantía Salarial, teniendo en cuenta la prescripción estimada."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - La parte actora Dª Marta , mayor de edad, con DNI número NUM000 , prestó servicios por cuenta y orden de la empresa demandada SUMINISTROS DIRECCION000 ., con antigüedad desde el 2 de diciembre de 1985, categoría profesionalde Encargada y salario de 219.911 pesetas brutas mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.

  2. - El Departament de Treball de la Delegació Territorial de Barcelona dictó resolución de fecha 17.6.1999, (Expediente número 124/99),autorizando la extinción de los contratos de la totalidad de los trabajadores de la empresa SUMINISTROS DIRECCION000 ..

  3. - A la actora se le adeudan las siguientes cantidades:

    * Indemnización extinción contrato ....... 1.187.519 ptas.

    * Salarios abril/99 ...................... 188.495 ptas.

    * Salarios mayo/99 ....................... 188.495 ptas.

    * Salarios junio/99 ...................... 106.814 ptas.

    * Paga extra verano/99 ................... 188.495 ptas.

    * Vacaciones ............................. 172.787 ptas.

    * Paga extra Navidad/99 .................. 94.247 ptas.

  4. - La Delegación Territorial de Barcelona del Departament de Treball hace constar en diligencia de fecha 8.9.1999 (salida 9.9.1999), que la antigüedad correcta de la actora es la de 2.12.1985.

  5. - En fecha 13.5.1999 fue solicitada ante el Departament de Treball la solicitud de certificación de denominación de la sociedad SUMINISTROS DIRECCION001 ..

  6. - La sociedad SUMINISTROS DIRECCION001 ., se constituyó mediante escritura pública en fecha 7.7.1999, por D. Eusebio , D. Narciso y D. Luis Francisco . Su objeto social lo constituye la confección y comercialización de todo tipo de prendas textiles y su domicilio se fija en Moncada y Reixac(Barcelona), calle DIRECCION002 , número NUM001 , bis.

  7. - Los constituyentes de dicha sociedad ostentan las condiciones de: responsable de administración, responsable de fabricación y responsable comercial, respectivamente. Prestaban serviciosen SUMINISTROS DIRECCION000 ., realizando la misma actividad.

  8. - SUMINISTROS DIRECCION001 . utiliza los mismos catálogos que SUMINISTROS DIRECCION000 . y el objeto social de ésta era la confección de prendas laborales.

  9. - SUMINISTROS DIRECCION001 ., para la elaboración de las prendas textiles ha venido utilizando los patrones de SUMINISTROS DIRECCION000 . (en un primer momento los patrones originales, después copias).

  10. - La empresa SUMINISTROS DIRECCION001 . remitió carta a clientes de SUMINISTROS DIRECCION000 . del siguiente tenor literal: "La presente carta es para informarles que la empresa a SUMINISTROS DIRECCION000 ., dedicada a la confección y venta de vestuario laboral, ha cesado en su actividad.

    También queremos informarles que dicha empresa contaba con un personal altamente cualificado, con más de 35 años de experiencia en el sector laboral, parte del cual ha decidido constituir una nueva sociedad.

    Esta nueva empresa se denomina SUMINISTROS DIRECCION001 .y ha sido creada por Sr. Narciso como responsable de administración, el Sr. Luis Francisco como responsable de fabricación y el Sr. Eusebio como responsable comercial.

    SUMINISTROS DIRECCION001 . también dedicada a la fabricación y venta devestuario laboral, cuenta con los mismos diseños de modelos, la misma confección y también con la misma calidad del producto, y nace con la convicción de mejorarlo.

    Confiando contar con su estimada colaboración les saludamos muy atentamente."

  11. -Los constituyentes de SUMINISTROS DIRECCION001 . tuvieron varias reuniones con los trabajadores de SUMINISTROS DIRECCION000 . ofreciéndoles a todos ellos trabajo en la nueva sociedad.

  12. - En el centro de trabajo de SUMINISTROS DIRECCION001 . hay elementos que pertenecieron a SUMINISTROS DIRECCION000 . (ordenadores, estanterías, máquinas...).

  13. - Presentada papeleta de conciliación ante la S.C.I. en fecha 29.12.1999, se celebró acto conciliatorio el día 25..1.2000, sin avenencia.

  14. - La demanda origen de las presentes actuaciones se interpuso el día 27.7.2000.

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada SUMINISTROS DIRECCION001 ., que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dio traslado, impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Recurre en suplicación la empresa Suministros DIRECCION001 . la sentencia que la condenó...

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