STSJ Andalucía , 25 de Enero de 2000
Ponente | JOSE ANTONIO SANTANDREU MONTERO |
ECLI | ES:TSJAND:2000:1136 |
Número de Recurso | 916/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO 916/96 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 98 DE 2.000 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. José Antonio Santandreu Montero Ilmos. Sres. Magistrados D. Federico Lázaro Guil D. Rafael Toledano Cantero
En la ciudad de Granada, a veinticinco de enero de dos mil. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 916/1996 seguido a instancia de RUIZ CHICA, S.L., que comparece representada por la Procuradora Dª María de Gracia Zorrilla y dirigida por Letrado , siendo parte demandada la CONSEJERÍA DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, en cuya representación y defensa interviene el Sr. Letrado del Gabinete Jurídico de la misma. La cuantía del recurso es 2.772.700 pesetas.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, esa Sala por Auto de fecha 18 de enero de 1996 acordó declarar la incompetencia para el conocimiento de dicho recurso, correspondiendo el mismo a esta Sala de igual clase de Granada, remitiendose las actuaciones, previo emplazamiento de las partes. Esta Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada por Auto de fecha 18 de abril de 1996 acordó aceptar la competencia del presente recurso, tener por personadas a ambas partes y reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte sentencia por la que se exonere a su mandante de la devolución de la cantidad de 2.772.700 Ptas., equivalente al 70% del importe de la subvención otorgada, y se le entregue el 30% restante, hasta completar la cantidad de 3.961.000 ptas.
importe total de la subvención reconocida.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista pública, se acordó pasar los autos para trámite de conclusiones escritas, cumplimentándose el mismo mediante escrito reiterando cada una de ellas sus respectivas peticiones contenidas en los escritos de alegaciones. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don José Antonio Santandreu Montero.
Doña María de Gracia Zorrilla, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de RUIZ CHICA, S.L. interpuso el 9 de mayo de 1996 Recurso Contencioso Administrativo contra la Resolución de 9 de mayo de 1995 del Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario...
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