STSJ Comunidad Valenciana 2248/2006, 27 de Junio de 2006

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2006:4808
Número de Recurso758/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2248/2006
Fecha de Resolución27 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

Recurso de Suplicación nº 758/06

Recurso contra Sentencia núm. 758/06

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora

Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Cruz

En Valencia, a veintisiete de Junio de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 2248/06

En el Recurso de Suplicación núm. 758/06, interpuesto contra la sentencia de fecha 28 de Noviembre de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. UNO de Benidorm, en los autos núm. 544/05 , seguidos sobre jubilación, a instancia de Dª Mónica , asistida del Letrado D. Isidro Royo Doñate, y representado por el Procurador D. José J. Pastor Abad, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 28 de Noviembre de 2005 , dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Desestimando la demanda formulada por Mónica en materia de PENSIÓN DE JUBILACIÓN frente al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo ABSOLVER Y ABSUELVO al demandado de los pedimentos formulados en su contra.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La parte actora, Dª Mónica , nacida el 2 de Abril de 1940, y con D.N.I. nº NUM000 , solicitó pensión de Jubilación ante el INSS. SEGUNDO.- La parte actora acredita como días realmente cotizados 3.309, a los que sumados la parte proporcional de las pagas extraordinarias, 517, alcanza un total de 3.826 días y necesita 5.475 días para causar derecho a la pensión de jubilación. TERCERO.- Se inició la vía administrativa ante la Dirección Provincial del I.NS.S., en tramitación de expediente de Pensión de Jubilación y la entidad Gestora en resolución pertinente se pronunció en el sentido de denegar a la parte actora la pensión de jubilación por falta de carencia. CUARTO.- formulada Reclamación Previa por la parte demandante, fue desestimada por resolución definitiva, quedando agotada la vía administrativa. QUINTO.- Para el supuesto de estimación de la demanda la base reguladora mensual asciende a 479,48 euros y efectos de 5 de abril de 2005.".

TERCERO

Que contra dicha...

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