STSJ Extremadura , 28 de Noviembre de 2002

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2002:2655
Número de Recurso678/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Noviembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

La sección de refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey han dictado la siguiente:

SENTENCIA N° 1993 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a veintiocho de noviembre de dos mil dos.- Visto el recurso contencioso administrativo n° 678 de 2000, promovido por la Procuradora Dª. María de los Ángeles Chamizo García, en nombre y representación del recurrente D. Carlos María , siendo demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 2 de marzo de 2.000 (expediente NUM000), por la que se le imponía una sanción de multa en cuantía de doscientas mil pesetas y la clausura de un pozo construido en una finca de su propiedad, todo ello como consecuencia de una infracción menos grave, rebajada a leve.- Cuantía.- Indeterminada (inferior a 25.000.000 de pesetas).-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecha que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.-

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado Doña ELENA MÉNDEZ CANSECO.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El acto administrativo que impugna en este proceso la representación procesal de Don Carlos María es la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 2 de marzo de 2.000 (expediente NUM000), por la que se le imponía una sanción de multa en cuantía de doscientas mil pesetas y la clausura de un pozo construido en una finca de su propiedad, todo ello como consecuencia de una infracción menos grave, rebajada a leve. Con relación a dicho acto se suplica en la demanda que se anule y se deje sin efecto la sanción impuesta y la orden de clausura acordada. A tales pretensiones se opone el Sr. Abogado del Estado por considerar el acto ajustado a Derecho, suplicando su confirmación con...

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