STSJ Aragón , 12 de Julio de 2004

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2004:2018
Número de Recurso540/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución12 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 540/2004 Sentencia número: 882/2004 M. MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a doce de julio de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 540 de 2004 (Autos núm. 23/2004), interpuesto por la parte demandada BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO SA., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, de fecha 16 de marzo de 2004 , siendo demandante D. Claudio ; Isidro ; Salvador ; Luis Miguel ; Augusto ; Gaspar ; Raúl y Paloma , sobre Declarativa de derecho y cantidad- salarios-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por D. Claudio y otros, contra Banco Santander Central Hispano SA., sobre Declarativa de Derecho y Cantidad - salarios; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 5 de Zaragoza, de fecha 16 de marzo de 2004 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Estimar parcialmente la pretensión de la demanda y condenar a la entidad demandada BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. a incrementar la asignación anual de los demandantes en las siguientes cuantías:

Claudio .. . . . . . . .2.257, 38 euros Isidro ........................2.045, 29 euros.

Salvador ............ 2.869, 12 euros

Luis Miguel ..............3.389, 91 euros Augusto ..................2.508, 74 euros Gaspar .........................1.525, 86 euros Raúl ...................2.902, 00 euros Paloma .......................667, 54 euros Condenando asimismo a la entidad demandada a abonar a cada uno de los actores, en concepto de diferencias devengadas de dicha asignación correspondientes al período de 01/12/2002 a 30/11/2003, el referido importe de incremento anual de la asignación Así, por esta mi Sentencia, de la que se llevará testimonio literal al proceso de referencia, lo pronuncio, mando y firmo".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1.- Los demandantes han prestado servicios para la empresa demandada SANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, S.A. hasta que en las fechas de año 1999 que expresan en su demanda causaron baja en la misma con el compromiso por la empresa (expresado en documentos que respecto a cada uno de los demandantes obran en los autos, dándose su contenido aquí por reproducido) de abonar a aquellos el importe bruto anual que especifican en el hecho segundo de su demanda, sin determinarse en dicho compromiso una previsión de revisión del importe reconocido.

  1. - En marzo del año 2000 la empresa abonó a los demandantes las cantidades que expresan en el hecho cuarto de su demanda por el concepto de parte proporcional de participación de Beneficios por los meses trabajados en el año 1999, correspondiente a una gratificación extraordinaria generada a raíz de la fusión del Banco Central con el Banco de Santander.

    La empresa no ha incrementado el importe bruto anual reconocido a los actores con lo abonado a éstos en marzo de 2000 por el expresado concepto salarial.

  2. - Reclaman que se condene a la entidad demandada a incrementar la asignación anual de los demandantes en las cuantías que expresan en el suplico de su demanda y el; abono de las diferencias devengadas como consecuencia de ese...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR