STSJ Cataluña , 15 de Diciembre de 2000

PonenteROSA MARIA VIROLES PIÑOL
ECLIES:TSJCAT:2000:16001
Número de Recurso4737/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución15 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 4737/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL MAC ILMO. SR. D. JOSÉ QUETCUTI MIGUEL ILMA. SRA. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIÑOL ILMO. SR. D. JOSÉ CÉSAR ÁLVAREZ MARTÍNEZ En Barcelona a 15 de diciembre de 2000 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 10300/2000 En el recurso de suplicación interpuesto por Santiago frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 de Lleida de fecha 22 de noviembre de 1999 dictada en el procedimiento nº 293/1999 y siendo recurrido/a MATADERO INDUSTRIAL DE LÉRIDA,S.A.. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. ROSA MARIA VIROLÉS PIÑOL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 21-5-99 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Responsabilidad Civil, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 22 de noviembre de 1999 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Santiago contra la empresa Matadero Industrial de Lérida S.a. en concepto de indemnización de daños y perjuicios, absolviendo a la codemandada de los pedimentos deducidos en su contra."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - 1º.- El demandante ha venido prestando sus servicios como Operario de Matadero desde que ingresó a prestar sus servicios en la empresa en octubre de 1974.

  2. - El día 24 de julio de 1997 sobre las doce horas el Sr. Santiago prestaba servicios en el interior del matadero de aves en la zona de pesaje, clasificación y entrada a la cámara. Su cometido consistía en cargar plataformas llenas de pollos sobre unas plataformas mecánicas que mediante un traspalet se depositan sobre una superficie situada en la boca de acceso al túnel, debiendo accionar el mando situado a unos tres metros de distancia, una vez retirado el traspalet de la superficie. El mando pone en marcha el mecanismo dispositivo hidráulico que acciona un pistón que empuja las plataformas cargadas unos tres metros hacia el interior de la cámara de frío, que empuja las plataformas cargadas. El Sr. Santiago observó que la pila de cajas se inclinaba por lo que intentó restablecer el equilibrio de las cajas para evitar su cuida, dirigiéndolas con las manos. Una vez efectuada la maniobra salió de la zona de desplazamiento mecánico de la plataforma. El mecanismo de empuje retrocedía a su posición inicial atrapándole los pies en el lugar de encaje.

  3. - La empresa utiliza dos tipos de cajas de plástico para colocar los pollos, de dimensiones y capacidad similar pero de forma diferente. Uno de los dos tipos de cajas ocasionalmente con el movimiento se sale de su encaje natural y afecta al equilibrio de la fila, hecho que debe corregirse manualmente. En ese caso el operario acciona el mando de parada de emergencia y una vez parado el mecanismo de empuje de las plataformas entra en la cámara para evitar que las cajas caigan.

  4. - La Inspección establece como medida conveniente la colocación de una barrera física que cierre el recinto de la precámara impidiendo el accionamiento del mecanismo hidráulico en tanto no estuviese totalmente cerrado, así como el paso de personas, de modo que su apertura paralice el movimiento del sistema hidráulico. El sistema se ha instalado con posterioridad al accidente, como admiten las partes.

  5. - La Inspección levantó acta y se impuso a la empresa sanción de 1 millón de pesetas por infracción el art. 14 de la Ley de 8-11-95, en relación con el art. 89 y 90 de la OGSH, OM de 9-3-71. El acta de infracción levantada por la Inspección fue recurrida por la empresa (documento núm. 3 de su prueba documental).

  6. - El Comité de Empresa y los Delegados del Comité de Seguridad e Higiene se dirigen a la Inspección el 25-7-97 en el que se da cuenta del accidente refiriendo que en parte se debe a la falta de medidas de Seguridad e Higiene; se da también cuenta de la dejadez y falta de limpieza el matadero; solicitan la visita de la Inspección.

  7. - En la entrada del túnel existen dos cuadros de mando dotados de un botón rojo que permite parar el mecanismo (pistón) y un botón negro para accionar el mecanismo.

  8. - Los operarios de la sección han sido informados por la empresa que si observan cualquier anomalía en la alineación de las cajas a lo largo del túnel, deben parar el mecanismo si éste se hallara accionado, pulsando el botón rojo situado en cualquiera de los dos cuadros de mando existentes a la entrada del túnel.

  9. - Las cajas que se introducen en el túnel llevan una ligadura perimetral a media altura de cada estiba que introduce con el "transpalet" para su alineación.

  10. - Los empleados de la sección de lavado de cajas retiran las cajas defectuosas.

  11. - El actor sufrió atrapamiento del pie derecho con una prensa, atendido inicialmente en el Hospital Arnau de Vilanova de leida. presentó Luxación abierta grado III del 1º MTT y escafoides con lesiones graves de partes blandas y scalp en pierna der. Fue tratado con limpieza herida y osteosíntesis con Kirschners.

    Evolucionó a necrosis e infección ósea y de partes blandas. El día 30-7-97 se procedió a nuevo desbridamiento, con retirada de las agujas, extirpación 1º MTT y de la 1ª cuña, dejando tubos de limpieza.

    Se procedió al traslado al centro de Asepeyo con fecha del 1-8- 97. Debido a la evolución de las lesiones con varias limpiezas quirúrgicas previas, necrosis de partes blandas y reamputación anterior; se procedió a la amputación a nivel del Chopart el día 18-3- 97. Requirió de un nuevo desbridamiento el día 9-9-97 por persistencia de infección. Tras este último gesto quirúrgico las heridas se encuentran cerradas, sin supuración. Desde ese momento inicia tratamiento rehabilitador encaminado en primer lugar al fortalecimiento del muñón. Posteriormente ha realizado coeducación de la marcha y adaptación a prótesis.

    Actualmente lleva la prótesis definitiva y puede considerarse finalizado al proceso de rehabilitación. Se dio de alta hospitalaria en 20-2-98, pasando a controles en el centro de Lleida.

  12. - La base diaria del trabajador es de 6.205 ptas. La base mensual es de 186.000 ptas. La...

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