STSJ Murcia , 22 de Enero de 2003

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2003:146
Número de Recurso1009/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 1.009/99 SENTENCIA nº 9/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº9/03 En Murcia a veintidós de Enero de dos mil tres.

En el recurso contencioso administrativo nº 1.009/99 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada, y referido a: Derecho de reversión.

Parte demandante: Dª Lorenza y Dª Rosa representadas por la Procuradora Dª Josefa Gallardo Amat y dirigidas por el Abogado Don Antonio J. Andreu Espinosa.

Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Resolución tácita por silencio administrativo del Ministerio de Fomento, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra acuerdo de la Delegación del Gobierno de Murcia, de 11 de noviembre de 1998, por el que se denegaba el derecho de reversión sobre la parcela de las recurrentes, objeto de expropiación para la obra 7-MU-324 Autovía Murcia-Alicante Tramo 0.

Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia por la que se reconozca el derecho de mis representadas a la reversión de parte de los terrenos en su día expropiados para la construcción de la Autovía Murcia Alicante, tramo 0, proyecto 7 MU 324, ahora incluidos en el proyecto de reparcelación del estudio de detalle del C.R.8 Murcia (parcela nº 63), declarando no ajustados a Derecho las resoluciones que desestiman el ejercicio de dicho derecho, previamente ofrecido, y con pronunciamiento de ilegalidad del procedimiento seguido para dicha desestimación, con condena en costas a la demandada.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 15 de septiembre de 1999 y admitido a trámite, y previa su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 10 de Enero de 2003.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La Demarcación de Carreteras de Murcia ofreció -en anuncio publicado en el B.O.R.M. (24 julio 1997)-, la reversión de los terrenos que habían sido expropiados con motivo de las obras del proyecto 7-MU-324, nueva carretera Autovía Murcia-Alicante, y que se veían afectados por el proyecto de reparcelación "Estudio de Detalle Ciudad nº de Murcia. El 31 de julio de 1997, las actoras presentan un escrito en el que se ponía de manifiesto la aceptación expresa del derecho ofrecido y su ejercicio en las condiciones señaladas. Al considerar después que no procedía la reversión, solicitó que se iniciara un procedimiento de declaración de lesividad del ofrecimiento de la misma, si bien se informó que no procedía la declaración de lesividad ni tampoco el derecho de reversión, porque correspondía al Delegado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR