STSJ Asturias , 17 de Noviembre de 2000

PonenteTOMAS MAILLO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2000:4431
Número de Recurso466/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Social

ROLLO N° RSU 466 /2000 45005 AUTOS N° 1.105/99 OVIEDO-1 SENTENCIA N° 2.342/2000 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ASTURIAS En OVIEDO, a diecisiete de Noviembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de ASTURIAS, siendo el Iltmo. Sr. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, Presidente, formando Tribunal los Iltmos. Sres. D. EDUARDO SERRANO ALONSO, D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ, D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, contra la sentencia del Juzgado de lo Social n° 1 de Oviedo, ha sido ponente Ilmo. Sr. D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dña. Raquel , en reclamación de Pensión a favor de familiares, siendo demandados Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y celebrado el acto del juicio oral, por el mencionado Juzgado de lo Social se dictó sentencia de fecha veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados; los siguientes:

  1. - La actora Dña. Raquel , cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demanda, solicitó ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social el 21 de mayo de 1.999 la pensión a favor de familiares a consecuencia del fallecimiento de su padre ocurrido el 17 de abril de 1.999, siéndole denegada por resolución de 31 de mayo de 1.999 por no acreditar la dedicación prolongada al cuidado y servicio del causante siéndole concedido el subsidio temporal a favor de familiares.

  2. - Formulada reclamación previa fue desestimada por resolución de 15 de septiembre de 1.999.

  3. - La actora figura de alta en el Régimen Especial Agrario desde el 1 de abril de 1.986 habiendo obtenido en 1.998 unos ingresos íntegros de 380.250 pesetas y neto de 93.595 pesetas y 387.157 pesetas respectivamente en 1.997.

  4. - Convivió con el causante dedicándose a su cuidado hasta su fallecimiento.

  5. - La base reguladora de la prestación asciende a la cantidad de 22.943 pesetas y efectos al 1 de junio de 1.999.

TERCERO

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