STSJ Extremadura , 10 de Septiembre de 2003

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2003:1672
Número de Recurso817/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 01206/2003 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1.206 PRESIDENTE: DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS En Cáceres a diez de septiembre de dos mil tres.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 817 de 2.001 , promovido por el Procurador D. Juan Antonio Hernández Lavado, en nombre y representación del recurrente D. Franco , siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA , representada y defendida por el Sr. Letrado de la Junta de Extremadura; recurso que versa sobre: Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de fecha 2 de Mayo de 2001, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente, de 19 de Marzo de 2001.

Cuantía 2.650,76 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO.- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El demandante Don Franco formula recurso contencioso- administrativo contra la Resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de fecha 2 de Mayo de 2001, que desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente, de 19 de Marzo de 2001. La parte actora solicita que se revoque la actuación administrativa impugnada, condenando a la Administración al pago de la cantidad indemnizatoria solicitada. La Administración demandada, por su parte, interesa la desestimación del presente recurso contencioso-administrativo con base a las consideraciones que obran en su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

Del conjunto de prueba obrante en el expediente administrativo y la aportada durante la tramitación del proceso contencioso-administrativo ha quedado probado que a las 19,30 horas del día 5 de Noviembre de 2000 Don Franco conducía el vehículo de su propiedad ZI-....-G , por la carretera N-521, dirección Salorino, cuando en el punto kilométrico 102,500 irrumpió en la calzada un jabalí, no pudiendo el conductor evitar la colisión contra dicho animal debido a lo repentina de la aparición.

TERCERO

La Administración Autonómica alega, en primer lugar, que el expediente administrativo fue instado por la compañía aseguradora mientras que el recurso de alzada y el presente recurso contencioso-administrativo son formulados por el particular que no presentó la primera reclamación administrativa. La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR