STSJ Asturias , 28 de Diciembre de 2002

PonenteEDUARDO GOTA LOSADA
ECLIES:TSJAS:2002:5955
Número de Recurso1921/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección 1 OVIEDO 55820 Número de Identificación único: 33044 3 0102247 /2001 Procedimiento: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1921 /1998 Sobre ADMINISTRACION LOCAL De D/ña. María Purificación Procurador/a Sr/a. D. Luis Tuero Fernández Contra D/ña. AYTO OVIEDO PROCURADOR D. Luis de Miguel Bueres Fernández SENTENCIA n° 973 Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª. María José Margareto García Magistrados:

D. Francisco Salto Villén D. Eduardo Gota Losada En Oviedo, a veintiocho de diciembre de dos mil dos. La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1921 de 1998, interpuesto por Dª María Purificación , representada y dirigida por el Letrado D. Luis Tuero Fernández, contra el AYUNTAMIENTO DE OVIEDO, representado por el Procurador D. Luis de Miguel Bueres Fernández y dirigido por la Letrada Dª. María Alvarez Rea, versando el recurso sobre desestimación presunta por silencio administrativo, de la reclamación presentada en el Ayuntamiento de Oviedo, con fecha 19 de marzo de 1996, sobre responsabilidad patrimonial, como consecuencia de la caída sufrida por la hoy recurrente, el día 13 de julio de 1995, en la calle Valentín Masip de Oviedo, a causa del deficiente estado de tres baldosas de la acera, sufriendo lesiones en mano y muñeca derecha. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Eduardo Gota Losada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, una vez publicado el anuncio preceptivo en el BOPA y recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia, que anule el acto presunto desestimatorio de la reclamación utilizada, acuerde la existencia de responsabilidad del Ayuntamiento por la lesión sufrida y condena al mismo a pagar en concepto de indemnización la cantidad de 1.622.000 pesetas de principal más el interés legal desde la fecha de presentación de la reclamación administrativa inicial, y todo ello con expresa imposición de costas a la Administración demandada. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del proceso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 14 de diciembre de 2001 se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día veinte de diciembre pasado, en que la misma tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la demandante, se impugna en el...

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