STSJ Canarias , 28 de Enero de 2003

PonenteANA TERESA AFONSO BARRERA
ECLIES:TSJICAN:2003:227
Número de Recurso126/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 56 Recurso núm. 126/00 Iltmos. Sres:

PRESIDENTE D. Antonio Giralda Brito MAGISTRADOS Don Luis Miguel Blanco Domínguez Doña Ana Teresa Afonso Barrera En Santa Cruz de Tenerife, a veintiocho de enero de dos mil tres.- VISTO, en nombre del Rey, por la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante Administración de la comunidad Autónoma de Canarias, defendido por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, con sede en Santa Cruz de Tenerife, de 25 de noviembre de 1999, en virtud de la cual se estimaba la reclamación económico- administrativa núm. 38/0035/99 interpuesta contra liquidación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos jurídicos Documentados, habiéndose personado como parte demandada la Administración del Estado, defendida y representada por el Abogado del Estado en virtud de las atribuciones que por ley ostenta, y la entidad "Pérez y Garnier, SL.", representado por la Procuradora Sra. Melian Carrillo, siendo Ponente de esta sentencia la Iltma. Sra. Magistrada doña Ana Teresa Afonso Barrera.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso-administrativo ante esta Sala el 10 de febrero de 2000. Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo.

El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que entiende que la Oficina liquidadora tiene competencia para realizar una comprobación abreviada, y, en su caso, girar las liquidaciones provisionales que correspondan. Que en atención a la naturaleza rústica de secano erial del bien adquirido en Fuencaliente (Isla de La Palma) se podía deducir que no podía ser destinado al comercio, almacenamiento, distribución al mayor y detalle... de mercancías, productos y mercaderías relacionados con los ramos que se indican, objeto social de la entidad recurrente, por un periodo de tiempo superior a un año en el momento de la adquisición.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada, que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, r y se señaló día para la votación y fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso- administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se interpone contra Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional, con sede en Santa Cruz de Tenerife, de 25 de noviembre de 1999, en virtud de la cual se estimaba la reclamación económico-administrativa núm. 38/0035/1999 interpuesta contra liquidación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos...

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