STSJ Asturias , 24 de Enero de 2003

PonenteTOMAS MAILLO FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2003:300
Número de Recurso1151/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL N.I.G: 33044 4 0101528 /2002, MODELO: 46050 TIFO Y N° DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 1151/2002 MATERIA: OTROS DCHOS. SEG. SOCIAL RECURRENTE/s: INEM RECURRIDO/s: Arturo JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL n° 1 de OVIEDO DEMANDA 1201/2001 Sentencia número: 185/03 Ilmos. Sres.

D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ D. JOSÉ ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ D. IGNACIO VIDAU ARGÜELLES En OVIEDO a veinticuatro de Enero de dos mil tres, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española, EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el RECURSO SUPLICACION 1151/2002, formalizado por el/la Sr./a. Letrado D/Dª., en nombre y representación de INEM, contra la sentencia de fecha once de febrero de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL n° 1 de OVIEDO en sus autos número DEMANDA 1201,/2001, seguidos a instancia de Arturo representado por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. FÉLIX ARNAEZ CRIADO frente a INEM, parte demandada, en reclamación por prestaciones por desempleo, siendo Magistrado- Ponente el Iltmo. Sr. D. TOMAS MAILLO FERNANDEZ, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha once de febrero de dos mil dos por la que se estimaba la demanda.

SEGUNDO

En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:

  1. - El actor D. Arturo , cuyas circunstancias personales consta ene. Encabezamiento de la demanda, solicitó ante el INEM el 5.7.01, tras agotar la prestación contributiva de desempleo, el subsidio de desempleo para mayores de 52 años siéndole denegado por resolución de 28.8.01 pro no cumplir el requisito de carecer de rentas de cualquier naturaleza superiores, en computo mensual, al 75% del salario mínimo interprofesional.

  2. - Formulada reclamación previa fue desestimada por resolución de 19.11.01.

  3. - El actor en diciembre de 2000 vendió unas acciones obteniendo la cantidad de 2.351,09 E (391.188 ptas.) en el la semestre del año 2001 obtuvo en concepto de rendimiento de capital mobiliario la cantidad de 707,65 E (177.743 ptas.).

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada, siendo impugnado de contrario.

Elevados los autos a esta Sala, se dispuso el pase a ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PR...

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