STSJ País Vasco 630/2000, 1 de Diciembre de 2000
Ponente | ROBERTO SAIZ FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJPV:2000:5875 |
Número de Recurso | 1280/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 630/2000 |
Fecha de Resolución | 1 de Diciembre de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA NUMERO 630/2000
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. ENRIQUE TORRES Y LOPEZ DE LACALLE
MAGISTRADOS:
D. LUIS JAVIER MURGOITIO ESTEFANIA
D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ
En la Villa de BILBAO, a uno de Diciembre de dos mil.
La Sección PRIMERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1280/98 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones giradas por el Ayuntamiento de Bilbao en concepto de Tasas de Alcantarillado.
Son partes en dicho recurso: como recurrente RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES RENFE, representado por la Procuradora Dª MARIA ROSARIO MARTINEZ GONZALEZ y dirigido por el Letrado D. RAMON FERNANDEZ DE SOIGNIE.
Como demandada EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BILBAO, representado por el Procurador D. GONZALO DE AROSTEGUI GOMEZ y dirigido por el Letrado D. JOSE ELOY DE LA MAZA.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. ROBERTO SAIZ FERNANDEZ, Magistrado de esta Sala.
El día 24 de Marzo de 1998 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª MARIA ROSARIO MARTINEZ GONZALEZ actuando en nombre y representación de RED NACIONAL DE FERROCARRILES ESPAÑOLES RENFE, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra lasliquidaciones giradas por el Ayuntamiento de Bilbao en concepto de Tasas de Alcantarillado; quedando registrado dicho recurso con el número 1280/98.
La cuantía del presente recurso quedó fijada en 7.400.330.- ptas.
En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se anulen las liquidaciones practicadas por ser ilegal la Ordenanza de la tasa de alcantarillado y por exceder del coste real del servicio, o subsidiariamente aplique el porcentaje en vigor para el año 97, en quellas fincas ocupadas por vías férreas (0.03%).
En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se acuerde la inadmisibilidad del recurso, o en su defecto y subsidiariamente, se adesestimado en su totalidad, declarando los actos administrativos impugnados conformes a Derecho.
El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.
En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.
Por resolución de fecha 15/11/00 se señaló el pasado día 21/11/00 para la votación y fallo del presente recurso.
En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.
Se interpone el presente recurso contencioso administrativo por la Procuradora de los Tribunales, Dña. Rosario Martínez Gonzalez, en representación de la entidad Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (RENFE), contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones giradas por el Ayuntamiento de Bilbao en concepto de Tasas de...
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