STSJ Galicia , 18 de Julio de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2002:5224
Número de Recurso5102/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005102 /1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 987/ 2002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTINEZ.- PTE. DON CARLOS LÓPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a dieciocho de julio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005102 /1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Jose Manuel , representado por D. JOSE MANUEL DEL RIO SANCHEZ y dirigido por D. JULIO MARIO LIÑARES STOLLE, contra la Resolución de 31 -3 -98 de Augas de Galicia, dictada en el expediente DH. D15.9790 /CH, que impuso al actor la sanción de 1.000.001 ptas de multa como autor de una infracción en materia de aguas por realizar obras de entubamiento y captación de aguas en el río Morto en el lugar de Camino Ancho (Pobra do Caramiñal). Es parte como demandada "AUGAS DE GALICIA" representada y dirigida por el Sr. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es determinada, con un importe de 1.266.795 pts.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandé que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día once de julio de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de 31 -3 -98 de Augas de Galicia, dictada en el expediente DH. D15.9790 /CH, que impuso al actor la sanción de 1.000.001 ptas de multa como autor de una infracción en materia de aguas por realizar obras de entubamiento y captación de aguas en el río Morto en el lugar de Camino Ancho (Pobra do Caramiñal).

SEGUNDO

Las pretensiones de la demanda se fundan en que la resolución recurrida es nula porque sanciona a quien no es responsable de los hechos imputados; lo hace por unos hechos distintos a los que determinaron la incoación del expediente, e infringe los principios de legalidad y...

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