STSJ Cantabria , 25 de Octubre de 2001

PonenteMARIA TERESA MARIJUAN ARIAS
ECLIES:TSJCANT:2001:1918
Número de Recurso213/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuan Arias Doña María Josefa Artaza Bilbao En la Ciudad de Santander, a 25 de octubre de 2001.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 213/01, interpuesto por DON Luis Enrique Y DON Jorge , representados por el Procurador Don Ignacio Calvo Gómez y defendidos por el Letrado Doña María Teresa Rincón de las Heras, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA) representado y defendido por los Servicios Jurídicos del Estado y contra la DIPUTACIÓN REGIONAL DE CANTABRIA representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 2.723.146 pesetas. Es Ponente la Iltma. Sra. Doña María Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 8 de marzo de 2001, contra las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 22 de diciembre de 2000 por las que se desestiman las reclamaciones económico-administrativas interpuestas contra las liquidaciones practicadas en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por la Diputación Regional de Cantabria y contra las resoluciones por las que imponen sendas sanciones tributarias a los recurrentes por infracción tributaria grave.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada y la Diputación Regional de Cantabria solicitan de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.

QUINTO

Señalada fecha para la deliberación, votación y fallo, tuvo lugar el día 24 de octubre de

2001,en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso las Resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cantabria de fecha 22 de diciembre de 2000 por las que se desestiman las reclamaciones económico-administrativas interpuestas contra las liquidaciones practicadas en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales por la Diputación Regional de Cantabria y contra las resoluciones por las que imponen sendas sanciones tributarias a los recurrentes por infracción tributaria grave.

SEGUNDO

Con respecto a la primera de las cuestiones planteadas, a la sazón la conformidad a Derecho de las liquidaciones practicadas por la Administración Tributaria en las cuales se ha estimado que la operación de compraventa de un local comercial por los actores, dedicados como empresarios a la actividad de...

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