STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Noviembre de 2001
Ponente | ALFONSO SABAN GODOY |
ECLI | ES:TSJM:2001:15386 |
Número de Recurso | 1014/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Ltdo. D. Nicanor Herrera Hernández Ltdo. D. Carlos Ríos Izquierdo TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª
RECURSO N° 1014 de 1997 PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy SENTENCIA N°1074 Presidente Ilmo.. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.
D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín D. José Tomé Paule En Madrid a veintiséis de noviembre de dos mil uno. Visto el recurso n° 1014 de 1997 interpuesto por doña Marta , don Jose Daniel , don Gonzalo , De Victoria , Dª. María Inés , De Almudena , don Ángel , don Jose Ramón , y otros 23 individuos (cuyos nombres se omiten a efectos de difusión) y otros, representados por el Letrado don Nicanor Herrera Hernández contra las liquidaciones giradas por el Ayuntamiento de Zarzalejo por Contribuciones Especiales de las calles Avenida de la Vía Pecuaria y El Molino. Habiendo sido parte el Ayuntamiento de Zarzalejo, representado por el Letrado don Carlos Ríos Izquierdo. La cuantía del recurso es indeterminada.
Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 9 de junio de 1997, contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazados para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en los que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideraron pertinentes, termina suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.
La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.
Recibido el pleito a prueba, se practicaron las propuestas por las partes, con el resultado que obra en autos.
Dado traslado a las partes por su orden para conclusiones, las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.
Con fecha 22 de noviembre de 2001 se celebró el acto de votación y Fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para Sentencia. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Alfonso Sabán Godoy.
Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.
Se impugna en el presente recurso el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Zarzalejo de 25 de marzo de 1997 por el que se desestiman las alegaciones presentadas entre el expediente de Contribuciones Especiales por pavimentación de la Avenida Vía Pecuaria y calle Molino de la citada localidad, así como el Acuerdo de 27 de noviembre de 1996 y la Ordenanza Fiscal de Contribuciones Especiales del propio municipio en cuanto afecta a las obras mencionadas. No se impugnan, sin embargo, y a pesar de manifestarse lo contrario, los actos concretos de liquidación pues los mismos fueron notificados con posterioridad a la demanda del recurso y ello lo manifestamos del Auto de 16...
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