STSJ Castilla y León , 6 de Noviembre de 2001

PonenteANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
ECLIES:TSJCL:2001:5227
Número de Recurso3199/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 6 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 3199/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 1649 ILTMOS. SRES.:

Presidente:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO Magistrados:

DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ DON ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO En Valladolid, a 6 de noviembre de dos mil uno. Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

Liquidación del Ayuntamiento de León, de la Tasa de recogida de basuras correspondiente al 2°

trimestre de 1997, girada a nombre del Gobierno Civil por un importe de 102.730 pesetas.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (Gobierno /Civil de León), representada y defendida por el Abogado del Estado.

Como demandada: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LEÓN, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y defendido por el Letrado don Herminio Turrado.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO J. FONSECA HERRERO RAIMUNDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de León y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que, declarando contraria a Derecho la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Recogida y Eliminación de Basuras y Otros Residuos Sólidos Urbanos del Ayuntamiento de León, aplicable en 1997, disponga la anulación de la liquidación impugnada en el presente recurso, con expresa imposición de costas a la Corporación demandada.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso, declarando conformes a derecho la liquidación recurrida y la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida y eliminación de basuras y otros residuos sólidos urbanos, condenando al pago de las costas del procedimiento a la parte recurrente, y con todo lo demás que sea procedente en derecho.

Por OTROSI, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

TERCERO

Por auto de 14 de febrero de 2001 se acodó el recibimiento a prueba que había solicitado la parte demandada, y practicadas las pruebas que fueron admitidas, se inició al trámite de conclusiones.

CUARTO

Conferido traslado a las partes con el resultado que obra en autos se declararon conclusos los presentes autos y señalándose para votación y fallo del presente recurso el día 31 de octubre de 2001.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Dejando a un lado el motivo de impugnación formal planteado en el primer fundamento de derecho de la demanda, siendo aquí reproducibles los alegatos del correlativo del escrito de contestación, la verdadera cuestión que se suscita en este proceso es la de la validez de la ordenanza municipal reguladora a cuyo amparo han sido giradas las liquidaciones recurridas. En concreto, su artículo 2 en cuanto que incluye la...

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