STSJ Galicia , 12 de Septiembre de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2002:5464
Número de Recurso5528/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02/0005528/1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 1049/2.002 Ilmos. Sres.

DON JOSÉ MARIA ARROJO MARTINEZ.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DOÑA PATRICIA FARALDO CABANA En la ciudad de A Coruña, a doce de septiembre de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02/0005528/1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por la COMUNIDAD PROPIETARIOS DEL EDIFICIO Nº NUM000 DE LA AVENIDA000 .- A ESTRADA, representada y dirigida por D. ALBERTO GOMEZ REIMONDEZ, contra el Decreto de 3 -4 -98 el Ayuntamiento de A Estrada por el que se concedió licencia de apertura y funcionamiento de un establecimiento destinado a cafetería en el Nº NUM001 , bajo, de la AVENIDA000 .

Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE A ESTRADA representado por D. JUAN LAGE FERNANDEZ-CERVERA y dirigido por Dña. ELENA RODRIGUEZ ESTEBAN y actúa como coadyuvante D. Narciso representado por Dña. MARIA FARA AGUIAR BOUDIN y dirigido por D. IDELFONSO ANDREU MORENO. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Conferido traslado de la demanda a la parte coadyuvante para contestación, por el procurador Dña. Fara Aguiar Boudin se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

CUARTO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día cinco de septiembre de 2002.

QUINTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo el Decreto de 3 -4 - 98 el Ayuntamiento de A Estrada por el que se concedió licencia de apertura y funcionamiento de un establecimiento destinado a...

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