STSJ Castilla y León , 5 de Abril de 2002

PonenteVALENTIN JESUS VARONA GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2002:1496
Número de Recurso273/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

reclamación 9/584/00 sobre solicitud de suspensión nº 64/00 de ejecución del acto administrativo objeto de la reclamación mencionada por impuesto IVA. SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a cinco de abril de dos mil dos. En el recurso contencioso administrativo numero 273/01 interpuesto por Don Everardo representado por el Procurador Don Francisco Javier Prieto Sáez y defendido por el Letrado Don Francisco González García contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León Sala de Burgos, de 27 de abril de 2001, dictada en la pieza separada de suspensión nº64/00 del acuerdo objeto de la reclamación económico Administrativa nº 9/584/00 interpuesta contra el acuerdo del Inspector Jefe de la Delegación de Burgos de la AEAT por el que practica liquidación definitiva derivada de acta AO2 nº

70241596 por el concepto de IVA 1996/1997 por un importe de 11.295.415 pts, 67.886´81 Euros., habiendo comparecido como parte demandada la Administración General del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado en virtud de la representación que por ley ostenta.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 22 de mayo de 2001.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamó el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 13 de julio de 2001 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare no ajustado a derecho el acuerdo recurrido se anule el mismo , al mismo tiempo se acuerde suspender la ejecución del acto administrativo y de la deuda tributaria recurrida en vía económico administrativa sin la presentación de garantía alguna.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada quien contestó a la demanda a medio de escrito de 11 de septiembre de 2001 oponiéndose al recurso solicitando la desestimación del mismo en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conclusiones que obran unidos al recurso, señalándose el día 21 de marzo de 2002 para votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones legales en la tramitación de este recurso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Es objeto del presente recurso jurisdiccional la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León Sala de Burgos, de 27 de abril de 2001, dictada en la pieza separada de suspensión nº64/00 del...

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