STSJ Andalucía , 20 de Junio de 2000

PonenteANTONIO LOPEZ DELGADO
ECLIES:TSJAND:2000:9375
Número de Recurso179/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución20 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Social

ME SENTENCIA NÚM. 1901/00 312/98 ILTMO. SR. D. ANTONIO ÁNGULO MARTÍN PRESIDENTE ILTMO. SR. D. ANTONIO LÓPEZ DELGADO ILTMO. SR. D. EMILIO LEÓN SOLÁ

ILTMO. SR. D. JOSÉ Mª CAPILLA RUIZ COELLO MAGISTRADOS En la ciudad de Granada a VEINTE DE JUNIO DE DOS MIL La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados que al margen se indican, han pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación NÚM. 179/99, interpuesto por Jose Ángel Y MULTISERVICIOS JUROCA contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social NÚM. DOS DE ALMERÍA en fecha 29 DE SEPTIEMBRE DE 1998 ha sido ponente el ILTMO. SR. ANTONIO LÓPEZ DELGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por Silvio en reclamación sobre CANTIDAD contra Jose Ángel , MULTISERVICIOS JUROCA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 29 DE SEPTIEMBRE DE 1998 , por la que estimando la demanda formulada por D. Silvio y condeno a la empresa "Multiservicios Juroca S.L." a que abone al actor la cantidad de 489.879 ptas, más los intereses legales pertinentes.

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. -D. Silvio presta sus servicios para la empresa "Multiservicios Juroca S.L, desde el 1.6.97, con categoría de peón y salario que consta en el hecho sexto de la demanda.

  1. - El actor prestó servicios para el empresario D. Jose Ángel desde el 1.7.96, hasta el 31.5.97, con categoría de peón.

  2. - El 31.5.97 la empresa "Multiservicios Juroca S.L" se subrogó en todos los derechos y obligaciones del actor.

  3. - El actor contratado como aprendiz. Durante toda la relación laboral ha trabajado ocho horas diarias y ha carecido de formación teórica.

  4. - "Multiservicios " Juroca S.L adeuda al actor la cantidad de 489.879 ptas correspondientes a diferencias salariales entre junio de 1997 y febrero de 1998, en la forma que consta en el hecho sexto de la demanda.

  5. - D. Jose Ángel no adeuda cantidad alguna al actor.

  6. - Se ha intentado la preceptiva conciliación previa ante el Cemac, sin efecto.

Tercero

Notificada la sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por Jose Ángel Y MULTISERVICIOS JUROCA recurso que posteriormente formalizó, siendo en su momento impugnado por el contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La sentencia del Juzgado estimo la demanda y condena a la empresa demandada "Multiservicios Juroca S.L" a que abone al actor la cantidad de 489.879 ptas más los intereses legales pertinentes, con absolución del codemandado Jose Ángel , Y frente a tal pronunciamiento se interpone por aquella empleadora recurso de suplicación postulando en primer...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR