STSJ Comunidad de Madrid , 2 de Febrero de 2000

PonenteJESUS CUDERO BLAS
ECLIES:TSJM:2000:1233
Número de Recurso817/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 817/97.

Ponente: Sr. Jesús Cudero Blas.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Sexta S E N T E N C I A núm. 143 Ilmos. Sres.

Presidente:

  1. Jesús Cudero Blas Magistrados:

Dª Teresa Delgado Velasco D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo D. Francisco de la Peña Elías En la villa de Madrid, a dos de febrero de dos mil. VISTO por la Sala el presente recurso contencioso administrativo núm. 817/97, interpuesto por Dña.

Cristina , que actúa en su propio nombre, contra la Resolución de la Subdirectora Adjunta Encargada del Despacho de la Unidad de Organismos Suprimidos del Ministerio de Administraciones Pública de fecha 20 de febrero de 1997, que denegó el reconocimiento de los servicios prestados por D. Alonso como auxiliar eventual en la Delegación de Trabajo de la Región Ecuatorial de Santa Isabel, de la extinguida Administración Española en Guinea, así como frente a la Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 22 de abril de 1997, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra aquélla, habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada y defendida por el Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de la Jurisdicción, se emplazó al demandante para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminaba suplicando se dicte Sentencia por la que anule y deje sin eficacia jurídica la resolución administrativa impugnada, reconociendo el derecho a la pensión de viudedad a Dña. Cristina , así como el reconocimiento de que su marido prestó servicios en la Delegación Provincial de Trabajo en Santa Isabel de Fernando Póo y percibió sus salarios mensuales provenientes del Presupuesto General del Estado.

Segundo

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte Sentencia por la que, desestimando el recurso, se confirme la resolución impugnada en todos sus extremos.

Tercero

Por Auto de fecha 4 de septiembre de 1998 , la Sala acordó el recibimiento a prueba del recurso, con el resultado que consta en autos.

Cuarto

Para la votación y Fallo del presente proceso se señaló la audiencia del día 1 de febrero de 2000, teniendo así lugar.

VISTO siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Jesús Cudero Blas, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

El objeto del recurso se centra en determinar la conformidad o disconformidad a derecho de la Resolución de la Subdirectora Adjunta Encargada del Despacho de la Unidad de Organismos Suprimidos del Ministerio de Administraciones Pública de fecha 20 de febrero de 1997, que denegó el reconocimiento de los servicios prestados por D. Alonso como auxiliar eventual en la Delegación de Trabajo de la Región Ecuatorial de Santa Isabel, de la extinguida Administración Española en Guinea, así como de la Resolución del Ministerio de Administraciones Públicas de fecha 22 de abril de 1997, desestimatoria del recurso ordinario deducido contra aquélla.

Los antecedentes relevantes para la solución del caso son, a la vista del expediente administrativo y de los documentos que constan en autos, los siguientes:

  1. El 10 de octubre de 1996 Dña. Cristina , viuda de D. Alonso , solicitó del Ministerio de Administraciones Públicas se expidiera certificación de los servicios prestados por el que fuera su esposo como auxiliar eventual en la Delegación de Trabajo de la Región Ecuatorial de Santa Isabel, dependiente de la Administración Española en Guinea.

  2. Como documentos acreditativos de la prestación de tales servicios presentó, en lo que aquí interesa, un oficio suscrito por el Delegado de Trabajo de la Región Ecuatorial con fecha 3 de septiembre de 1963 en el que se acordaba el nombramiento del Sr. Alonso como auxiliar eventual de esta Delegación con efectos a partir del 23 de agosto de 1963, así como una certificación expedida el 6 de diciembre de 1996 por el Jefe de Sección de Personal y Régimen Interior de la Dirección General de la Función Publica y Reforma Administrativa de la República de Guinea Ecuatorial en la que se hacía constar que el Sr. Alonso "fue nombrado Auxiliar Eventual de la Delegación de Trabajo con efectos económicos a partir del 23 de agosto de 1963 y hasta el 12 de octubre de 1968", así como que había percibido sus haberes con cargo al capítulo 100, epígrafe A) del Presupuesto General de Gastos de la Región Ecuatorial.

  3. A requerimiento del Ministerio, la Jefa del Archivo General del Tribunal de Cuentas expidió certificación, con fecha 16 de diciembre de 1996, en la que se hacía constar que "examinada la documentación existente en este Archivo general (...) no figura el interesado en...

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