STSJ Aragón , 10 de Diciembre de 2001

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2001:3084
Número de Recurso306/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 306/2001 Sentencia número: 1284/2001 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a diez de diciembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 306/2001 (Autos núm. 784/2000), interpuesto por la parte demandante D. Oscar , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha veinticinco de enero de 2001, siendo demandado OPEL ESPAÑA DE AUTOMÓVILES, S.A, sobre D. Derecho - Puesto de Trabajo-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por D. Oscar , contra OPEL ESPAÑA DE AUTOMÓVILES, S.A., sobre D. Derecho -Puesto de Trabajo-; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, de fecha 25 de enero de 2.001, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando la demanda interpuesta por Oscar contra OPEL ESPAÑA DE AUTOMOVILES S.A., debo declarar y declaro que no ha lugar a la misma, absolviendo a la demandada de lo pedido contra ella.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"Se declaran probados los siguientes hechos: que el actor, Oscar , presta sus servicios para Opel España de Automóviles S.A., habiendo iniciado su trabajo en la sección montaje de la Suspensión, para pasar después a Fosfatado y Pintado de piezas pequeñas y a Montaje del Eje Trasero. Iniciada una baja de Incapacidad Temporal a consecuencia de una lumbalgia, el demandante fue ubicado posteriormente en las plazas de la sección de Movimiento y Expedición de Vehículos que están destinadas a trabajadores que han estado de baja por enfermedad y mientras se van adaptando de nuevo a la actividad laboral. Estas plazas son cuatro y existen otras, con la misma finalidad, en un almacén.

A instancias del Departamento de Prevención se reincorporó al demandante a un nuevo puesto de trabajo de la Sección de Montaje del Eje Trasero, puesto en el que no debe realizar esfuerzos, ni coger pesos, aunque sí permanece en bipedestación, deambulando muy despacio y turnándose con otros trabajadores en las actividades a realizar.

El 15 de enero de 2.001 ha causado de nuevo baja por lumbalgia.

E1 demandante padece una protrusión discal medial en L5-S1, no apreciándosele compromiso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR