STSJ Murcia , 13 de Noviembre de 2003
Ponente | MARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER |
ECLI | ES:TSJMU:2003:2310 |
Número de Recurso | 1022/2000 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 13 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
4 RECURSO nº 1.022/00 SENTENCIA nº 685/03 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:
Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Fernando Castillo Rigabert Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 685/03 En Murcia a trece de Noviembre de dos mil tres.
En el recurso contencioso administrativo nº 1.022/00 tramitado por las normas ordinarias, en cuantía 1.750.011 ptas, y referido a: Procedimiento recaudatorio tributario.
Parte demandante: Don Jesús María representado por la Procuradora Dña Francisca Abadía Giménez y defendido por el Letrado Don Ángel Antonio García López.
Parte demandada: Administración Civil del Estado representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.
Parte codemandada: Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y defendida por el letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 26 de Abril de 2000 que desestimaba la reclamación nº 30/1854/99 planteada por la recurrente contra la resolución de 12 de enero de 1999 dictada por la Agencia Regional de Recaudación, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la diligencia de embargo de bienes, dictada en expediente ejecutivo nº 1202/91, que englobaba cuatro providencias de apremio, referentes a los ejercicios 1998 y 1992.
Pretensión deducida en la demanda: Se dicte sentencia en la que se declare que el acuerdo ahora impugnado es contrario parcialmente a derecho anulando lo referente a los apremios cuyas certificaciones son 170289 y 531192 por las razones contenidas en el cuerpo de este escrito, acordando su revocación y los efectos reglamentarios correspondientes.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 8 de Septiembre de 2000 y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
La parte demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.
Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 31 de Octubre de 2003.
La cuestión que se debate en el presente proceso, es si ha operado o no la prescripción, por inactividad de la Administración como alega el recurrente, respecto de las certificaciones 170289 y 531192,...
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