STSJ Cataluña , 7 de Febrero de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
ECLIES:TSJCAT:2001:1684
Número de Recurso19/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 19/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL gg ILMO. SR. D. JOAQUIN RUIZ DE LUNA DEL PINO ILMA. SRA. Dª. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA ILMA. SRA. Dª. MªDEL PILAR RIVAS VALLEJO En Barcelona a 7 de febrero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1132/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por INSS frente al auto del Juzgado Social 2 Girona de fecha 13 de abril de 1999 dictada en el procedimiento nº 181/1998 y siendo recurrida Dª. Carla . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Por escrito de fecha 24.9.1998 DÑA. Carla solicitó se requiriera al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, el pago de los intereses legales devengados sobre las cantidades reconocidas en Sentencia recaída en los Autos 482/96 del citado Juzgado de lo Social, que había adquirido firmeza, por el período de 27.3.96 a 20.5.98.

SEGUNDO

Habiéndose dado traslado de dicho escrito a la parte contraria, fueron citadas las partes a comparecencia. Celebrada la misma, el incidente fue resuelto mediante Auto de fecha 8.2.1999, cuya parte dispositiva era del tenor literal siguiente: "Acuerdo fijar en la cantidad de 72.093 ptas., los intereses devengados en ejecución de sentencia".

TERCERO

Contra dicha resolución recurrió en reposición el Instituto demandado, habiendo sido desestimado el recurso mediante nuevo Auto de fecha 13.4.1999, que confirmaba íntegramente la anterior Resolución.

CUARTO

Contra el citado Auto se tuvo por anunciado y posteriormente formalizado dentro de plazo, por el ejecutado Recurso de Suplicación, que fue impugnado por la parte contraria, a la que se dió traslado, elevando los Autos a este Tribunal, dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al auto dictado por el Juzgado de lo Social de referencia en trámite de ejecución de sentencia, formula el Instituto Nacional de la Seguridad Social recurso de suplicación que desarrolla en un solo motivo, mediante el que, con amparo en el apartado c) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, acusa la vulneración de lo estipulado en el art. 241.2 de la Ley Procesal Laboral, así como del art. 45 de la Ley General Presupuestaria y de la doctrina relativa a la interpretación del mismo contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional de fecha 18 de abril de 1996.

La cuestión debatida en este caso estriba en determinar si procede o no en el supuesto enjuiciado el pago de intereses por demora.

SEGUNDO

El Organismo recurrente impugna mediante el presente recurso el...

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