STSJ Cataluña , 26 de Enero de 2001

PonenteANGEL DE PRADA MENDOZA
ECLIES:TSJCAT:2001:1194
Número de Recurso6876/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 6876/2000 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL js ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. Dª. NATIVIDAD BRACERAS PEñA En Barcelona a 26 de enero de 2001 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 828/2001 En el recurso de suplicación interpuesto por Lucio frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social Nº16 Barcelona de fecha 29.05.2000 dictada en el procedimiento nº 101/2000 y siendo recurrido/a I.N.E.M. Ha actuado como Ponente el/la Ilmo. Sr. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 3.02.2000 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Varios desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29.05.2000 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por D. Lucio frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al demandado de todos los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

  1. - El demandante D. Lucio , con DNI NUM000 , a su solicitud le fue reconocido por el INEM, subsidio por desempleo para mayores de 55 años por el período 1.3.94 a 11.3.2001.

  2. - El 29.6.99 se le citó para el 8.7.99 requiriéndole documentación.

    El 12.7.99 se le notifica percepción indebida de prestaciones de desempleo, frente a la que presentó alegaciones, dictándose el 16.8.99 resolución sobre percepción indebida de prestaciones por desempleo y extinción de la prestación por desempleo.

  3. - Formulada reclamación previa el 8.11.99, fue desestimada por resolución definitiva de fecha 3.12.99.

  4. - En el período 1.1.98 a 30.6.99, el actor percibió 908.930 pts., de prestación de desempleo.

  5. - Según I.R.P.F. del ejercicio de 1998, el actor percibió rentas derivadas de capital mobiliario por importe de 55.558 pts., mensuales, siendo el 75% del SMI para 1.998 de 51.030 pts. TERCERO.- Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado lo impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Frente a la sentencia de instancia que desestimó la demanda del actor, en la que pretendía se anulara la resolución de 16.8.99 sobre percepción indebida de prestaciones por desempleo y extinción de subsidio para mayores de 52 años, que percibía con efectos 1.03.94 y se le requirió para que reintegrase las prestaciones...

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