STSJ Comunidad de Madrid 888/2006, 12 de Julio de 2006

PonenteINES MARIA HUERTA GARICANO
ECLIES:TSJM:2006:17772
Número de Recurso309/2006
Número de Resolución888/2006
Fecha de Resolución12 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.8

MADRID

SENTENCIA: 00888/2006

SENTENCIA Nº 888

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

Ilmos. Sres.

Presidente

Dña. Inés Huerta Garicano

Magistrados

D. Miguel Angel Vegas Valiente

Dña. Carmen Rodríguez Rodrigo

En la Villa de Madrid a doce de julio de dos mil seis.

VISTO por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, el Recurso de Apelación nº 309/06, interpuesto por el Letrado D. Ignacio-Javier Encabo Durán, en representación no acreditada de D. Juan Antonio, contra la Sentencia nº 79, dictada -el 28 de febrero del corriente- por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 9 de esta Capital en el P.A. 467/05.

Ha sido parte apelada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El hoy apelante (Letrado director del recurso, designado por el turno de oficio el 9 de septiembre de 2005, dos meses después de formalizar la demanda y transcurrido casi un año desde que su "defendida" fuera devuelta al país de procedencia) interpuso, el 14 de julio de 2005, recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Dirección General de la Policía de 17 de junio del mismo año, desestimatoria del recurso de alzada entablado frente a la del Jefe de Servicio del Puesto Fronterizo del Aeropuerto de Madrid-Barajas, en uso de facultades delegadas por el Excmo. Sr. Delegado del Gobierno en Madrid (Resolución de 2 de febrero de 2000, BOCM nº 27), de 28 de noviembre de 2004, por la que se acordaba denegar la entrada en España del recurrente, ordenando -en consecuencia- su retorno al país de procedencia en vuelo del día siguiente.

SEGUNDO

Repartido el recurso al Juzgado nº 9 lo tramitó -no obstante no estar acreditado el apoderamiento de la "recurrente" como P.A. bajo el nº de autos 467/05, dictándose Sentencia el pasado día 28 de febrero, por la que se desestimaba el recurso.

TERCERO

En escrito presentado el 17 de marzo por el Letrado, en representación no acreditada del "actor", interpuso este recurso de apelación contra la precitada Sentencia, que fue admitido a tramite en Providencia del día 27 e impugnado por el Abogado del Estado, que lo impugnó.

En Providencia de 7 de abril, previo emplazamiento de las partes, se elevaron los autos para la resolución del recurso, con entrada en esta Sección Octava el día 8 de junio ante la que no se ha personado en forma el apelante.

QUINTO

Para votación y fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 11 de julio de 2006, teniendo lugar, previo traslado a las partes personadas acerca de la posible indebida admisión a tramite del recurso como causa automática de su desestimación.

VISTOS los preceptos legales citados por las partes, concordantes y de general aplicación.

Siendo Ponente la Magistrada de la Sección Iltma. Sra. Dña. Inés Huerta Garicano.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La Sala quiere poner de manifiesto -como ya lo ha hecho en numerosas Sentencias- la harto dudosa "utilización" de la vía jurisdiccional, en supuestos como el de autos, en defensa de un ciudadano extranjero cuya voluntad impugnatoria no consta en ningún momento del proceso, pues se inició por un Letrado del Turno de oficio que le...

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