STSJ Cataluña , 23 de Septiembre de 2004

PonenteALBERTO ANDRES PEREIRA
ECLIES:TSJCAT:2004:10345
Número de Recurso424/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 424/2001 SENTENCIA Nº 1095 / 2004 Iltmos. Sres.:

Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la Ciudad de Barcelona, a veintitrés de septiembre de dos mil cuatro.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 424/2001, interpuesto por Dª María Consuelo , representada por el Procurador D. Jaume Guillem Rodríguez y dirigida por el Letrado D. Carlos Rodríguez Castillo, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (Ministerio del Interior), representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de 18 de abril de 2001 del Ministerio del Interior, que estimó parcialmente el recurso de alzada formulado contra la resolución de 20 de diciembre de 2000 de la Delegación del Gobierno en Cataluña y, en su virtud, se impuso una sanción de 100.000 pesetas de multa, por la comisión de una infracción grave del artículo 23.c) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Según ha quedado expuesto, se impugna mediante el presente recurso la resolución de 18 de abril de 2001 del Ministerio del Interior, que estimó parcialmente el recurso de alzada formulado contra la resolución de 20 de diciembre de 2000 de la Delegación del Gobierno en Cataluña y, en su virtud, se impuso una sanción de 100.000 pesetas de multa, por la comisión de una infracción grave del artículo 23.c) de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero .

SEGUNDO

Es objeto de debate entre las partes la cuestión relativa a la determinación de la persona responsable de la...

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