STSJ Andalucía , 3 de Febrero de 2003
Ponente | RAFAEL PUYA JIMENEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2003:1671 |
Número de Recurso | 375/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA SECCIÓN PRIMERA ROLLO NÚM. 375/01 JUZGADO: GRANADA NÚM. DOS SENTENCIA NÚM. 47 DE 2.003 Ilmo. Sr. Presidente:
Don Rafael Puya Jiménez Iltmos. Sres. Magistrados Don Juan Manuel Cívico García Doña María Luisa Martín Morales
En la Ciudad de Granada, a tres de febrero de dos mil tres. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso de apelación número 375/01 dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 76/99 (Registro General núm. 199/99), seguido ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo número Dos de los de Granada, siendo parte apelante DOÑA María Esther , que comparece representada y dirigida por el Letrado D. Fernando Reyes-Gómez Solana; y parte apelada la CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA, que comparece representada y dirigida por el Letrado adscrito a su Gabinete Jurídico.
En el Procedimiento Ordinario núm. 76/99 (R.G. 199/99), tramitado ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Dos de Granada, se dictó sentencia núm. 95/01 en fecha 15 de mayo de 2001, en la que se acordaba: "1º.- Desestimar el recurso contencioso- administrativo interpuesto por Dª. María Esther contra la resolución de la Consejería de Agricultura y Pesca de 5 de julio de 1999, por ser ajustada a Derecho. 2º.- No hacer expresa condena en costas". SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación, del que, tras ser admitidos por el Juzgado, se dio traslado a las demás partes personadas para que en el plazo de 15 días formularan su oposición al mismo, presentándose por la parte apelada escrito de impugnación de dicho recurso. TERCERO.- Elevadas las actuaciones a esta Sala, se formó el oportuno rollo, se registró, se designó Ponente, y al no haberse practicado prueba, ni celebrado vista o conclusiones, se declararon conclusas las actuaciones para dictar la resolución procedente.
Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día referido en las actuaciones, en que efectivamente tuvo lugar. QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado todas las prescripciones legales; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON Rafael Puya Jiménez, que expresa el parecer de la Sala.
Se impugna en el presente recurso de apelación la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Granada, de fecha 15 de mayo de 2.001, dictada en el recurso 199/99, seguido contra la resolución de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de fecha 5 de julio de 1.999, desestimatoria del recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la Delegación...
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