STSJ Comunidad Valenciana , 26 de Julio de 2002

PonenteRAFAEL SALVADOR MANZANA LAGUARDA
ECLIES:TSJCV:2002:8339
Número de Recurso1903/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilmos. Sres:

Presidente:

D. MARIANO FERRANDO MARZAL Magistrados:

D. FRANCISCO HERVAS VERCHER D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA SENTENCIA NUMERO 985/02 En la Ciudad de Valencia, a veintiséis de Julio de dos mil dos.- VISTO, por la Sección Segunda de este Tribunal, el presente Recurso Contencioso-Administrativo num. 1903/99, promovido por Dª. Esperanza , contra la desestimación, mediante silencio, por el Ayuntamiento de Burjassot, de su petición de fecha 20/JUlio/98 de reversión de superficie expropiada, en el que han, sido partes, el actor, representado por la Procuradora de los Tribunales Dª. Elena Gil Bayo y defendido por el Letrado D. José Cardona Baixauli, y como demandado, el AYUNTAMIENTO DE BURJASSOT, representado y defendido por el Letrado D. Francisco Hurtado Orts; ha pronunciado la presente Sentencia.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. RAFAEL S. MANZANA LAGUARDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el Recurso y seguidos los trámites previstos en la Ley, se emplazó a la parte demandante al objeto de que formalizara su escrito de desmanda, lo que verificó en tiempo y forma, solicitando se dictara Sentencia anulando por no ser ajustado a derecho el acto recurrido.

SEGUNDO

Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que se solicitó la inadmisibilidad y subsidiaria desestimación del recurso y la confirmación íntegra de las resoluciones objeto del mismo, por estimarlas ajustadas a derecho.

TERCERO

Habiéndose recibido el proceso a prueba, se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida, y cumplido dicho trámite se dió traslado a éstas para que formalizaran sus escritos de conclusiones, verificado lo cual quedaron los autos pendientes de deliberación y fallo.

CUARTO

Se señaló para la votación y fallo del presente Recurso el día dieciocho de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La actora era propietaria de una parcela en término municipal de Burjassot, calificada como Zona Verde según el PGOU de Valencia y su comarca aprobado el 21/Octubre/83. El 15/Febrero/89 presentó el escrito de advertencia al amparo del art. 69 de la Ley del Suelo vigente, iniciándose el procedimiento expropiatorio que culminó por Acuerdo del Jurado Provincial de Expropiación, que fué recurrido por la Corporación municipal (recurso contencioso administrativo num. 487/94), y confirmado por Sentencia num. 376/97, de 9/Abril, de este Tribunal. No obstante, y como consecuencia de una modificación del planeamiento, una porción de la parcela expropiada pasó a ser clasificada como suelo urbano de uso residencial intensivo, por lo que la recurrente solicitó su reversión, no obteniendo respuesta de la Corporación municipal, por lo que...

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