STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Septiembre de 2002

PonenteALFREDO ROLDAN HERRERO
ECLIES:TSJM:2002:12431
Número de Recurso1769/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO N° 1.769/00 SENTENCIA N° 1.270 PRESIDENTE:

D. Alfredo Roldán Herrero MAGISTRADOS:

Dª. Clara Martínez de Careaga y García Dª. Fátima Arana Azpitarte D. Fernando De Mateo Menéndez D. José Daniel Sanz Heredero Dª. María Jesús Vegas Torres En Madrid, a treinta de septiembre de dos mil dos. Vistos los autos del recurso número 1.769/00 que ante esta Sala ha promovido la Procuradora Dª.

Marina Quintero Sánchez, en nombre y representación de D. Joaquín , sobre permiso de residencia. Ha sido parte la ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr. Abogado del Estado. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Alfredo Roldán Herrero.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente expresado se interpuso recurso contencioso- administrativo mediante escrito presentado en fecha 12-11-00, acordándose su admisión en fecha 21-11-00, con todo lo demás procedente en derecho.

SEGUNDO

En el momento procesal oportuno la parte actora formalizó demanda mediante escrito presentado en fecha 24-4-01, en el cual, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho oportunos, suplicó la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

TERCERO

El Sr. Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito presentado en fecha 28-5-01, en el cual suplicó la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba por auto de fecha 1-6-01, se propuso por la parte actora la documental, admitiéndose con el resultado que obra en autos y en su caso se analizará.

QUINTO

No pedida vista ni conclusiones se señaló para votación y fallo el día 26-9-02 en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo resolución de la Jefatura Superior de Policía de Madrid de fecha 18-1-99 que denegó al natural de Sierra Leona D. Joaquín , permiso de residencia por circunstancias excepcionales.

SEGUNDO

La Administración denegó el permiso solicitado por considerar que no se justifican las circunstancias excepcionales.

TERCERO

El art. 53 del entonces vigente Reglamento aprobado por R.D. 155/96 de 2 de febrero, preveía la posibilidad de conceder permiso de residencia, entre otros supuestos, por razones humanitarias y en particular por haber sido víctima de conductas,...

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