STSJ Murcia , 16 de Febrero de 2001

PonenteFAUSTINO CAVAS MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2001:396
Número de Recurso370/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR DE JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA ssau003 SENTENCIA Nº: 229/2001 ROLLO Nº: RSU 370/2000 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a dieciséis de febrero de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOSÉ

LUIS ALONSO SAURA y D. FAUSTINO CAVAS MARTINEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por Le Mans Seguros España, S.A., contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 4 de Murcia, de fecha 31 de diciembre de 1999, dictada en proceso número 182/1999, sobre indemnización de convenio, y entablado por don Juan frente a Instalaciones Abengoa, S.A. y Le Mans Seguros España, S.A. Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FAUSTINO CAVAS MARTINEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) El demandante el día 6 de junio de 1994 sufrió un accidente de trabajo al caerse desde una torre de alta tensión a una altura de 14 metros, mientras estaba prestando servicios para la empresa demandada Instalaciones Abengoa SA para la cual trabajaba desde el 17-7-1978 con categoría profesional de montador de líneas de 3ª. 2º) A consecuencia del citado accidente el actor inició proceso de incapacidad temporal; en fecha 16 de febrero de 1995 la UVMI emitió dictamen y el 4 de julio la CEI elevó propuesta de existencia de incapacidad permanente parcial derivada de accidente de trabajo; el INSS mediante resolución de fecha 13 de junio de 1995 declaró al actor en situación de invalidez permanente parcial derivada de accidente de trabajo; impugnada dicha resolución ante el Juzgado de lo Social núm. 3 de Murcia fue desestimada la demanda por sentencia de fecha 15-10-1996, dictándose sentencia en fecha 28- 10-1998 por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia por la que se revoca la sentencia dictada por el mencionado Juzgado y se declara al actor en situación de invalidez permanente total derivada de accidente de trabajo para su profesión habitual de montador electricista de 3ª línea de alta tensión, y su derecho a percibir la pensión vitalicia mensual de base reguladora reglamentaria con efectos desde el 15 de febrero de 1995. 3º) La empresa demandada Instalaciones Abengoa SA contrató póliza e seguros, nº 5765A, con Sudamérica Compañía de Seguros y Reaseguros Generales SA, para cubrir los riesgos por accidente de sus trabajadores, con un capital de seis millones de pesetas para cada accidentado que haya sido declarado en situación de invalidez permanente total para la profesión habitual. Dicha póliza fue suscrita por el periodo comprendido entre el día 1 de mayo de 1991 y el 28 de febrero de 1996, teniendo garantizados el capital de 1.300.000 pesetas para la situación de invalidez permanente total durante el periodo de 1-5-1995 a 30-4-1995. 4º) Mediante escritura pública de fecha 30 de junio de 1993 la Sud América Compañía de Seguros y Reaseguros Generales SA, cedió su cartera de seguros de accidentes a la entidad demandada Le Mans Seguros España SA, subrogándose dicha Aseguradora en todos los derechos y obligaciones derivadas de la cartera. 5º) Las demandadas no han abonado al actor la cantidad de 1.300.000 pesetas en concepto de indemnización por invalidez permanente total para la profesión habitual derivada de accidente de trabajo. 6º) El actor en fecha 15-12-1997 presentó papeleta de conciliación ante la Dirección General de Trabajo en reclamación de la cantidad de seis millones de pesetas indemnización derivada de la situación de invalidez permanente total, frente a la empresa Instalaciones Abengoa SA y Sud América Compañía de Seguros y Reaseguros Generales SA, celebrándose el acto de conciliación el 29-1-1998 que terminó intentado sin efecto; en fecha 18-2-1998 presentó nueva papeleta de conciliación reclamando la citada cantidad si bien dirigida frente a la citada empresa y a Le Mans Seguros España Compañía de Seguros y Reaseguros, SA celebrándose el acto de conciliación en fecha 3- 3-1998, que terminó intentado sin efecto"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Estimo la demanda interpuesta por D. Juan , frente a la empresa Instalaciones Abengoa SA, Le Mans Seguros España SA, y condeno a Le Mans Seguros España SA a que abone el actor la cantidad de 1.300.000 pesetas, más el 20% de interés anual, y absuelvo a Instalaciones Abengoa SA de la pretensión en su contra deducida".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Juan José

Sanz Delgado, en representación de la parte demandada Le Mans Seguros España, SA Compañía de Seguros y Reaseguros, con impugnación de contrario presentada por la letrada doña Carmen Pascual Andreu, quien dirige técnicamente a la parte demandante don Juan .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. 4 de Murcia, de fecha 31-12-1999, que estimó la demanda interpuesta por el actor y, con absolución de la...

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