STSJ Cataluña , 12 de Junio de 2002

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2002:7497
Número de Recurso530/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución12 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 530/99 Partes: ASSOCIACIÓ D'EMPRESARIS I INDUSTRIALS DEL POLIGON INDUSTRIAL DE VALLS C/

AYUNTAMIENTO DE VALLS SENTENCIA N°840 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRAN CASTELLS Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a doce de junio de dos mil dos. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

530/99, interpuesto por L'ASSOCIACIÓ D'EMPRESARIS I INDUSTRIALS DEL POLIGON INDUSTRIAL DE VALLS, representada por la Procuradora Dª NURIA SUÑE PEREMIQUEL y asistida por el letrado D. PAU TONDO I BRAVO, contra EL AYUNTAMIENTO DE VALLS, representado por el Procurador D. IVO RANERA CAHIS y asistido por el letrado D. EUSEBI CAMPDEPADRÓS I PUCURULL.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora citada, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 21-12-98 confirmando y aprobando definitivamente la ordenanza fiscal n° 11 respecto a la tasa de recogida de basuras prevista para el ejercicio 1999.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de 1 de diciembre de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, solicitado por la parte actora y demandada, practicándose las que se propusieron y consideraron de aplicación Se continuó el proceso por los trámites establecidos en la Ley jurisdiccional, y se señaló para votación y fallo el día 9 de enero de 2002. Con fecha 30-1-02 se dictó diligencia para mejor proveer, con suspensión del plazo para dictar sentencia. Finalmente se señaló nuevamente para votación y fallo, que tuvo lugar el 8 de mayo del año en curso a las 11 horas.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo en el plazo para dictar sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de l'ASSOCIACIÓ D'EMPRESARIS I INDUSTRIALS DEL POLÍGON INDUSTRIAL DE VALLS, la Resolución del AJUNTAMENT DE VALLS de 21 de diciembre de 1998 por la que se desestimaron las alegaciones presentadas por la actora y se acordó aprobar definitivamente, además de la modificación de otras Ordenanzas Fiscales, la Ordenanza Fiscal núm. 11, reguladora de la tasa de recogida de basuras, prevista para el ejercicio de 1999

SEGUNDO

En el suplico de su demanda, la recurrente solicita que se declare la...

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