STSJ Comunidad Valenciana 6793, 11 de Noviembre de 2005
Ponente | JOSE MARTINEZ-ARENAS SANTOS |
ECLI | ES:TSJCV:2005:6793 |
Número de Recurso | 2157/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 6793 |
Fecha de Resolución | 11 de Noviembre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
RECURSO Núm. 2.157/03 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA S E N T E N C I A Núm. 1259/05 Presidente D. Mariano Ferrando Marzal Magistrados D. José Martínez Arenas Santos D. Francisco Hervás Vercher En Valencia a once de noviembre de dos mil cinco.
Visto el recurso interpuesto por Da Estela , actuando en su propio nombre y derecho, contra la Resolución del Director General de la Función Pública de 2 de mayo de 2.003 aprobatoria de la Relación de Puestos de Trabajo de la administración de la Generalidad Valenciana, habiendo sido parte demandada la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por Letrado del Gabinete Jurídico de la Presidencia.
Ha sido Ponente el Magistrado D. José Martínez Arenas Santos.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte recurrente para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que suplicó se dictara Sentencia anulando los actos impugnados, mandando la reclasificación del puesto que desempeña a Letrado Adjunto con el nivel 26 E049 y el abono de las diferencias retributivas correspondientes a la diferencia entre los niveles 24 E046 y 26 E049 desde el año 2.001.
El Letrado de la Generalidad contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se desestimara la misma por ser los actos impugnados dictados conforme a derecho.
No se recibió el proceso a prueba, se dio por reproducida la documental aportada por las partes y se solicitó de la administración la documental interesada por la recurrente en el escrito de demanda y, una vez recibidos los documentos y se emplazó a los litigantes para que evacuaran el trámite previsto en el art. 64 de la Ley Reguladora , cumplido el cual quedaron los autos pendientes de votación y fallo.
Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 10 de noviembre de 2.005, teniendo lugar la misma el citado día.
En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
El objeto del recurso lo constituye el examen de la legalidad de la resolución impugnada en virtud de la cual se aprobó la Relación de Puestos de Trabajo de la administración de la Generalidad Valenciana en lo que al puesto de la actora se refiere, el No 11.090 Coordinador área jurídica clasificado A 24 E046 y encuadrado en la Conselleria de Sanidad.
La parte recurrente alega en defensa de su pretensión que debe ser reclasificado como A 26 E049 Letrado Adjunto, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 27/01 y según las reiteradas propuestas de los distintos responsables de la Conselleria de Sanidad a la Dirección General de la Función Pública.
El Letrado de la Generalidad opone a ello la conformidad a derecho de los actos recurridos por los propios fundamentos de los mismos, al no ser iguales las funciones del puesto de la actora y las del que pretende y de diferente administracion, general el de ella y especial el solicitado.
El art. 5.3 del Decreto 27/01 es bien claro al precisar que el área jurídica de cada Conselleria tendrá la estructura orgánica que se fije en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo y su dirección corresponderá a un letrado-jefe, asistido por un letrado adjunto.
Del tenor literal se deduce lo siguiente: la estructura orgánica la...
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