STSJ Comunidad Valenciana , 11 de Julio de 2002

PonenteMANUEL JOSE PONS GIL
ECLIES:TSJCV:2002:7808
Número de Recurso1565/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución11 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

3 R.C.sent.nº 1.565/02 Recurso contra Sentencia núm. 1.565 de 2.002 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilma. Sra. Dª María Montés Cebrián Ilma. Sra. Dª Mª Luisa Mediavilla Crúz En Valencia, a once de julio de dos mil dos. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 4.362 de 2.002 En el Recurso de Suplicación núm. 1.565/02, interpuesto contra la sentencia de fecha 23 de enero de 2.002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 1 de Castellón, en los autos núm. 902/01, seguidos sobre TUTELA DERECHOS FUNDAMENTALES, a instancia de C.C.O.O.DEL P.V., representado por el letrado D. José Carmona, contra la CONSELLERIA SANIDAD, representado por el letrado de la Generalitat Val, Dª

Soledad , representada por el letrado D. Diego Manzano y el MINISTERIO FISCAL, y en los que es recurrente el codemandado Dª Soledad y Conselleria Sanidad, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo.

Sr. D. Manuel José Pons Gil.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 23 de enero de 2.002 dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando las excepciones alegadas por las codemandadas y estimando la demanda formulada por C.C.O.O.P.V. frente a Conselleria Sanidad, y a Dª Soledad , debo declarar y declaro que la contratación suscrita entre la Consejeria y la codemandada se produjo con vulneración de derechos fundamentales, debiendo declararse la nulidad de la contratación actualmente en vigor dejándola sin efecto, debiendo proceder la Consejeria demandada a su cobertura por la persona que según la bolsa corresponda, condenando a las demandadas a estar y pasar por la presente resolución".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- Con motivo de la puesta en funcionamiento del Hospital de la Plana en Villarreal, dependiente de la Conselleria de Sanidad el pasado 22-10-00 se propuso por la referida Conselleria la ampliación de plantilla en 199 nuevos puestos de trabajo de viersas categorías profesionales: 33 de personal médico, 117 de personal sanitario no facultativo y 49 de personal no sanitario, de entre los cuales se crearon 23 nuevos puestos de celadores. SEGUNDO.- El inicio de la actividad sanitaria en el Hospital de la Plana supuso el cierre del Hospital Gran Vía y sin solución de continuidad se tuvo que simultanerar durante el verano de

2000 la sustitución del personal del Hospital Gran Vía en periodo vacacional, con la fase preparatoria de inicio de actividad en el nuevo centro hospitalario. TERCERO.- El traslado de la actividad del antiguo Hospital Gran Vía al Hospital de la Plana supuso la implantación de nuevos servicios de forma progresiva a lo largo del último trimestre del año 2.000. CUARTO.- La codemandada Dª Soledad está...

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