STSJ Comunidad Valenciana , 21 de Junio de 2002

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2002:6902
Número de Recurso10/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Junio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación número 10/2001 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia Recurso Contencioso-Administrativo número 329/1999 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 864/2.002 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a veintiuno de junio de dos mil dos. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 10 de 2001, interpuesto contra la Sentencia dictada, con fecha 11 de septiembre de 2000, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia en el recurso contencioso- administrativo número 329/1999.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelantes Doña Leticia y Doña Andrea : y b) Como apelada la Administración de la Generalidad Valenciana: y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho

Primero

Con fecha 11 de septiembre de 2000 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Valencia dictó la Sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 329/1999 cuyo fallo, literalmente transcrito, dice: "Fallo. Se desestima el recurso contencioso-administrativo abreviado núm.

329/99 interpuesto por Dª Leticia y Dª Andrea , funcionarias de carrera de la Generalitat Valenciana, contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública de la Generalitat Valenciana de fecha 21 de julio de 1999 y 11 de octubre de 1999 de las Consellerias de Economía, Hacienda y Administración Pública y Justicia y Administraciones Públicas, respectivamente, desestimatorias de la solicitud de reclasificación de los puestos de trabajo n° NUM000 y NUM001 en cuanto al complemento específico; sin hacer expresa imposición de costas procesales".

Segundo

Doña Leticia y Doña Andrea presentaron, con fechas 23 y 31 de octubre de 2000, escritos por los que interponian recurso de apelación contra la citada sentencia y en los que, tras efectuar las alegaciones que estimaron oportunas, terminaban suplicando que se dictase sentencia revocando la apelada y estimando el recurso contencioso-administrativo.

Tercero

Con fecha 3 de noviembre de 2000 el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo al Letrado de la Generalidad para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición, habiéndolo hecho por escrito en los que, tras efectuar las alegaciones que estimó pertinentes, suplicaba que se dictase sentencia desestimando el recurso de apelación.

Cuarto

Evacuados dichos trámites el Juzgado acordó con fecha 4 de diciembre de 2000 la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados

Quinto

Una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación se acordó a instancia de las apelantes el recibimiento a prueba del proceso en este segunda instancia, practicándose las pruebas propuestas por dicha parte que resultaron admitidas, tras lo que se emplazó a las partes para que formulasen conclusiones...

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