STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Diciembre de 2001

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2001:10753
Número de Recurso320/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso número 320/1.998 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1361/2.001 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a diecinueve de diciembre de dos mil uno. Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso-administrativo número 320 de 1.998, interpuesto por Doña María Teresa , representada por el Procurador Don Jorge Castelló Navarro y defendida por la Letrado Doña Natalia Facorro Ojea, contra Resolución de 30 de octubre de 1.997 (DOGV número 3.136 de 4 de diciembre de 1.997), del Director General de Personal de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la que se nombra funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados en el marco de los procedimientos selectivos convocados por la Orden de 14 de mayo de 1.997; habiendo sido parte, como demandadas, la Administración de la Generalidad Valenciana, representada y defendida por el Letrado de la Generalidad, y Don Lázaro , representado y defendido por la Letrado Doña Sofía García Solís.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho

Primero

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte actora para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que terminaba suplicando que se dictase Sentencia por la que se declarase no ser conforme a Derecho la Resolución impugnada y se acordase rectificar el error aritmético cometido por la Comisión de Baremación a la hora de realizar su puntuación y tenerla por incluida en la Lista Oficial de Aprobados del Concurso Oposición convocado por la Orden de 14 de mayo de 1.997 de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia para la ingreso en el Cuerpo de Maestros de la especialidad de Educación Infantil, con el reconocimiento de efectos económico-

administrativos desde el 15 de septiembre de 1.997, fecha fijada por la Resolución de fecha 30 de octubre de 1.997 que es objeto del recurso, con imposición de costas a los demandados.

Segundo

Las partes demandadas contestaron a la demanda mediante escritos en los que terminaban suplicando que se dictase sentencia por la que se declarase la inadmisibilidad del recurso y, subsidiariamente, se desestimase.

Tercero

No habiéndose recibido el proceso a prueba quedaron los autos pendientes de señalamiento para votación y fallo.

Cuarto

Se señaló para la votación y fallo del recurso el día 18 de diciembre de 2.001, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado las prescripciones legales.

Fundamentos de Derecho

Primero

Las partes demandadas aducen, con carácter previo, la concurrencia de las causas de inadmisibilidad del recurso previstas en el artículo 82 c) y d) en relación con los artículos 37.1 y 40 a) de la Ley Jurisdiccional por entender que el acto impugnado en el presente proceso - la Resolución de 30 de octubre de 1.997 (DOGV número 3.136 de 4 de diciembre de 1.997), del Director General de Personal de la Conselleria de Educación y Ciencia, por la que se nombra funcionarios en prácticas del Cuerpo de Maestros a los aspirantes seleccionados en el marco de los procedimientos selectivos convocados por la Orden de 14 de mayo de 1.997 - es consecuencia y reproducción de otros actos administrativos que, al ser consentidos por la actora, devinieron firmes. Y a tal efecto cita los siguientes:

  1. La Resolución de la Dirección Territorial de Cultura y Educación de Alicante de fecha 31 de julio de 1.997 por las que se hizo pública en los tablones de anuncios de dicha Dirección Territorial las listas de puntuaciones definitivas de la fase de concurso contra la que, según alega, no consta que la actora formulase el recurso ordinario a que se refiere el Punto 6 de la Base Octava de la convocatoria; y 2°. La Resolución de la Comisión de Selección de fecha 3 de septiembre de 1.997 por la que, de...

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