STSJ Comunidad Valenciana , 22 de Julio de 2003

PonenteMARIANO MIGUEL FERRANDO MARZAL
ECLIES:TSJCV:2003:6233
Número de Recurso112/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución22 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación número 112/2.002 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón Recurso Contencioso-Administrativo número 185/2.000 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda Sentencia número 1196/2.003 Ilmos. Sres.

Presidente Don Mariano Ferrando Marzal Magistrados Don Miguel Soler Margarit Doña Amalia Basanta Rodríguez En la Ciudad de Valencia, a veintidós de julio de dos mil tres.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 112/2.002, interpuesto contra la Sentencia número 146/2.001 dictada, con fecha 5 de diciembre de 2.001, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón en el recurso contencioso-administrativo número 185/2.000.

Han sido partes en el recurso: a) Como apelante las Comunidades de Propietarios "Poblado Marinero Norte", "Tres Carabelas" y "Eurhostal"; y b) Como apeladas el Ayuntamiento de Alcalá de Xivert (Castellón)y la Sociedad Naútica Las Fuentes SA. y Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Mariano Ferrando Marzal.

Antecedentes de hecho

Primero

Con fecha 5 de diciembre de 2.001 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Castellón dictó la Sentencia número 146/2.001 en el recurso contencioso- administrativo número 185/2.000 cuyo fallo, literalmente transcrito, dice: "Fallo. Desestimar el recurso contencioso- administrativo interpuesto por las Comunidades de Propietarios "Poblado Marinero Norte", "Tres Carabelas" y "Eurhostal"

contra el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Alcalá de Xivert de fecha 9 de junio de 2000 por el que se concede licencia para la construcción de un edificio de servicios en el Puerto Deportivo

"Las Fuentes", por ser ajustado a derecho; sin especial imposición de costas".

Segundo

Las Comunidades de Propietarios "Poblado Marinero Norte", "Tres Carabelas" y "Eurhostal"

presentaron escrito por el que interponían recurso de apelación contra la citada sentencia y en el que terminaban suplicando que se revocase la misma declarando no ajustado a Derecho el Acuerdo impugnado.

Tercero

El Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a las partes apeladas para que, en el plazo de quince días, pudiera formalizar su oposición, habiéndolo hecho por escritos en los que, tras efectuar las alegaciones que estimaron pertinentes, suplicaban que se dictase sentencia desestimando el recurso de apelación, con imposición de costas a la parte recurrente.

Cuarto

Con fecha 15 de marzo de 2.002 el Juzgado acordó la remisión a este Tribunal de los autos, expediente administrativo y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 20 de mayo de 2.003, en el que ha tenido lugar.

Quinto

En la sustanciación de este proceso se han observado en ambas instancias las prescripciones legales, salvo en lo relativo al plazo para dictar sentencia.

Fundamentos de Derecho

Primero

La sentencia apelada desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por las Comunidades de Propietarios "Poblado Marinero Norte", "Tres Carabelas" y "Eurhostal" contra Acuerdo de la Comisión de Gobierno del...

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