STSJ Comunidad Valenciana , 19 de Febrero de 2003

PonenteLUIS MANGLANO SADA
ECLIES:TSJCV:2003:1356
Número de Recurso471/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de Apelación n° 471/02 SENTENCIA Nº 231/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Tercera Iltmos. Srs. Presidente:

D. JOSÉ BELLMONT MORA Magistrados:

D. LUIS MANGLANO SADA D. FERNANDO NIETO MARTÍN En la Ciudad de Valencia, a 19 de febrero de dos mil tres.

VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso de apelación n° 471/02, interpuesto por la Procuradora Dª. Isabel Ramírez Aledón, en nombre y representación de D. Jose Pedro , contra la sentencia n° 129 de 20-5-2002 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n° 1 de los de Valencia, en el recurso contencioso-administrativo n°

181/2002.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo mencionado se remitió a esta Sala el antedicho recurso contencioso-administrativo junto con el recurso de apelación mencionado.

SEGUNDO

Repartido el recurso de apelación a esta Sección, se formó el correspondiente rollo de apelación y, habiéndose desestimado el recibimiento a prueba, sin que se haya solicitado la celebración de vista o la presentación de conclusiones, se señaló para su votación y fallo el día 18 de febrero de dos mil tres.

TERCERO

En la tramitación del presente rollo se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente el Magistrado D. LUIS MANGLANO SADA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por vía de recurso de apelación se somete a la consideración de esta Sala la adecuación a Derecho de la sentencia de 20 de mayo de 2002 del citado órgano jurisdiccional, por la que se desestimó el recurso planteado contra la denegación por la Delegación del Gobierno en la Comunidad Valenciana de la licencia de armas tipo E solicitada por el actor.

SEGUNDO

Para el debido conocimiento y resolución del recurso, conviene partir de los siguientes hechos resumidos:

Solicitada por el apelante la licencia de armas tipo E a la Subdelegación del Gobierno en Alicante, y tras la oportuna tramitación del preceptivo expediente, en fecha 3-11-2000 se resolvió denegar tal autorización a la vista de la existencia de numerosos antecedentes policiales y por suponer un riesgo para la seguridad ciudadana. Igualmente, el 22-1-2001 se desestimó el recurso de reposición por idéntico motivo, siendo estas resoluciones las que constituyeron el objeto del recurso contencioso- administrativo n° 181/02, La sentencia de instancia desestimó la demanda en virtud de los antecedentes policiales existentes, por la estricta aplicación de la normativa específica vigente y por el riesgo que supone para la seguridad ciudadana, considerando que el recurrente no reúne la necesaria aptitud física y psíquica para obtener la licencia de armas interesada.

El recurso de apelación disiente de la sentencia de instancia por considerar que el Sr. Jose Pedro reúne las necesarias condiciones físicas y psíquicas, por tener cancelados los antecedentes policiales, por contar con un último informe favorable de la Guardia Civil, y por los propios actos de la Administración demandada al haber otorgado en 29-12-1995 la referida licencia, sin razonar el cambio de criterio al denegar su renovación.

TERCERO

Entrando a examinar el recurso de apelación, convendrá repasar la normativa aplicable al supuesto litigioso.

En principio, cualquier interpretación normativa debe hacerse a partir de las previsiones del artículo 7 de la LO. 2/1991, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, que dice:

"1. Se faculta al Gobierno para reglamentar las materias y actividades a que se refiere al artículo anterior, en atención a las circunstancias que puedan concurrir en los distintos supuestos:

  1. Mediante la sujeción de la apertura y funcionamiento de las fábricas, talleres, depósitos, establecimientos de venta y lugares de utilización y las actividades relacionadas con ellas a requisitos de catalogación o clasificación, autorización, información, inspección, vigilancia y control, así como a requisitos especiales de habilitación para el personal encargado de su...

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