STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Enero de 2004

PonenteMARIA MERCEDES BORONAT TORMO
ECLIES:TSJCV:2004:282
Número de Recurso3377/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Social

6 Recurso c/sentencia núm. 3.377/2003 Recurso contra Sentencia núm. 3.377/2003 Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a veintiocho de Enero de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 202/2004 En el Recurso de Suplicación núm. 3.377/2003, interpuesto contra la sentencia de fecha once de Julio de dos mil tres, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Seis de los de Valencia, en los autos núm.

507/2003, seguidos sobre DESPIDO, a instancia de Dª Rita , asistida por el Letrado D. Ubaldo Martorell Albert, contra la empresa SPACK EUROLOGISTICA, S.L., asistida por la Letrada Dª Juana Soriano Aroca, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. María Mercedes Boronat Tormo

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha once de Julio de dos mil tres, dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que debo desestimar la demanda por despido interpuesta por Dª Rita contra la empresa Espack Eurologística, S.L. en su virtud, debo absolver a la demandada de la pretensión".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO." La actora Rita suscribió contrato de trabajo de duración determinada con la empresa Espack Eurologistica, S.L., con vigencia prevista de doce meses, desde el 2-3-01 hasta la realización de la obra o servicio consistente en "empaquet. 200000 piezas 000000", con la categoría de Peón y percibiendo un salario diario de 29,16 euros, incluida prorrata de pagas extras. SEGUNDO- Mediante carta entregada a la actora el 11-4-03, la empresa le comunicó que en dicha fecha finalizaba el contrato, y el 21-4-03 le transfirió por cuenta bancaria la cantidad de 1.214,96 euros por salarios y finiquito. TERCERO.- La actora, nacida el 10-8-78 (24 años), ha estado en situación de incapacidad temporal desde el 4-1-02 hasta el 22-1-02, desde el 27-2-02 hasta el 19-4-02, desde el 13-9-02 hasta el 4-10-02, desde el 16-10-02 hasta el 8-1-03, desde el 31-1-03 hasta el 14-2-03 y desde el 18-2-03 hasta el 30-5-03. CUARTO.- Debido a las continuas bajas médicas de la actora, la empresa tuvo que contratar a Carina para sustituir a aquélla desde el 1-4-03 hasta el 11-4-03, con la finalidad de terminar el trabajo de empaquetado para el que fue contratada la actora, al quedar más de 30.000 piezas por empaquetar. Así, según los listados aportados por la empresa, la actora empaquetó un total de 167.370 piezas (doc. nº 98), y la trabajadora que sustituyó a la actora empaquetó

32.892 piezas (doc. nº 69). QUINTO.- La trabajadora Carina declaró en el juicio que el empaquetado de piezas encargado a la actora se podía hacer en siete u ocho meses. SEXTO.- La actora estuvo una semana, tras una baja médica, destinada a otro departamento, también dedicado al empaquetado de piezas, aunque más liviano o menos estresante, en un intento por parte de la empresa de evitar las continuas bajas médicas de la actora. SÉPTIMO.- La empresa demandada trabaja fundamentalmente por encargos de Ford España, realizando, además de la actividad consistente en empaquetar piezas, al almacenaje de las mismas, depósito aduanero, inspecciones de calidad, etc. OCTAVO.- La actora presentó papeleta en el SMAC por despido el 6-5-03, intentándose conciliación el 16-5-03 que concluyó sin efecto por incomparecencia de la demandada".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo debidamente impugnado por la parte demandada. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia de la instancia, que desestima la demanda por despido interpuesta por la trabajadora, considera que la trabajadora ha incurrido en un abuso de derecho al haber dilatado la duración de la relación laboral más allá del tiempo previsto para la realización de la obra para la que fue contratada, consistente en el empaquetado de 200.000 piezas, como consecuencia...

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